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SUNAT pondrá en marcha una nueva versión de planilla electrónica

SUNAT pondrá en marcha una nueva versión de planilla electrónica

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria aprobó una nueva versión de la planilla electrónica en beneficios de los contribuyentes. Entre las novedades, se podrá cancelar impuesto no retenido, declarar y pagar retenciones del aporte de pensiones del trabajador pesquero entre otras. Conoce más en la siguiente nota.

Por Redacción Laley.pe

jueves 1 de febrero 2018

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A través de la Resolución de Superintendencia N° 028-2018/Sunat, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) aprobó una nueva versión de la planilla electrónica para ser aplicada a la normatividad tributaria vigente.

La versión a utilizar es la 3.3 del PDT Planilla Electrónica-Plame, Formulario Virtual N° 0601, la cual permitirá utilizar a la planilla electrónica como medio para declarar y pagar las retenciones del impuesto a la renta (IR) de quinta categoría y las retenciones del aporte de los trabajadores pesqueros al Régimen Especial de Pensiones a que se refiere la Ley Nº 30003.

Además, los contribuyentes de rentas de quinta categoría del (IR) podrán realizar el pago del dicho tributo no retenido en el caso que el agente de retención no efectúe las retenciones respectivas del IR o si los montos retenidos fueran inferiores al impuesto que le corresponda pagar al contribuyente.

Asimismo, la nueva versión se podrá utilizar el concepto de semana contributiva en actividades relacionadas con la pesca.

Puede descargar desde aquí la resolución publicada en el Peruano o también puede leerla a través de nuestro archivo Scribd.

Resolución de Superintendencia N° 028-2018/Sunat by La Ley on Scribd

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