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Recuerde las disposiciones para la atención en el periodo de vacaciones del Poder Judicial

Recuerde las disposiciones para la atención en el periodo de vacaciones del Poder Judicial

El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dictaminó una serie de medidas para mantener la correcta atención de los órganos jurisdiccionales a nivel nacional durante el periodo de vacaciones. Acá te lo recordamos.

Por Redacción Laley.pe

lunes 5 de febrero 2018

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Buscando asegurar el adecuado y permanente funcionamiento de los órganos jurisdiccionales a nivel nacional durante el periodo de vacaciones de los jueces, operadores de justicia y personal auxiliar, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dictaminó una serie de medidas para la atención durante el mencionado periodo.

Así, se determinó que durante el mes programado para las vacaciones que comprende desde el 1 de febrero al 2 de marzo del presente año, se pondrá en funcionamiento los órganos jurisdiccionales de emergencia.

Bajo este lineamiento, la Corte Suprema de Justicia de la República dispondrá de una mesa de partes, la cual se encargará de recibir los asuntos correspondientes a las materias Civil, Penal y de Derecho Constitucional y Social.

De la misma manera, las cortes superiores de justicia, harán lo propio a través de las salas y juzgados que sus presidentes designen como órganos de justicia. Por su parte, la Corte Superior de Lima pondrá en funcionamiento sus Salas Liquidadoras, Salas Penales de Apelaciones, Juzgados de Investigación Preparatoria y Juzgados Penales Unipersonales, al igual que sus órganos jurisdiccionales de Flagrancia, Omisión de Asistencia Familiar y Conducción en Estado de Ebriedad o Drogadicción.

Vale indicar que dichas instancias ya tienen programadas su rol de vacaciones para jueces, operadores de justicia y personal auxiliar en función de los plazos procesales de los expedientes a su cargo y la necesidad de servicio.

Durante todo este periodo, las cortes vienen recibiendo y tramitando los procesos a su cargo, además atenderán de manera exclusiva durante el periodo de vacaciones las materias Penal, Civil, Familia, Laboral. Aquellos casos que los jueces de acuerdo a su facultad consideren de urgente atención en materia Contencioso Administrativa, Constitución, Previsional, entre otras también serán atendidos.

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