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Limitan la facultad del presidente para disolver el Congreso

Limitan la facultad del presidente para disolver el Congreso

El pleno del Congreso de la República aprobó el proyecto de ley que modifica el Reglamento del Parlamento, en lo referente a la moción de censura y cuestión de confianza. El proyecto, presentado en noviembre pasado, nunca pasó por comisión y fue aprobado en menos de dos horas. Conoce más detalles en la siguiente nota.

Por Redacción Laley.pe

viernes 9 de marzo 2018

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El pleno del Parlamento aprobó la noche del jueves el proyecto de ley que dispone modificar el Reglamento del Congreso, en lo relacionado a la cuestión de confianza y censura de ministros de Estado.

Con la modificación del inciso e del artículo 86 del Reglamento del Congreso, referente a la moción de censura y cuestión de confianza, se plantea que en caso de la “crisis total del Gabinete”, ningún ministro saliente pueda ser designado en el Consejo de Ministros siguiente.

Como se recuerda, el artículo 134 de la Constitución refiere que es una facultad presidencial la disolución del Congreso cuando se hayan producido dos crisis totales de gabinetes. Según el texto aprobado ayer, en caso se repitan ministros en el siguiente gabinete, entonces no se considerará que hubo una crisis total. La medida, fue aprobada con 81 votos a favor, 18 en contra y 8 abstenciones.

Luego de su aprobación, el vocero titular de Peruanos por el Kambio, Gilbert Violeta, manifestó que cuando la ley sea promulgada, su grupo parlamentario planteará una acción de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional.

Por su parte, el parlamentario aprista Mauricio Mulder, quien lidera esta iniciativa, indicó que este cambio permite que haya un equilibrio de poderes: “Este no es un tema de coyuntura inmediata. Este debate comenzó en el mes de marzo del 2015 cuando se produjo la moción de censura a la entonces ministra Ana Jara. Cuando esa censura prosperó, el señor Ollanta Humala optó por nombrar a todo el Gabinete de nuevo”.

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