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Trabajador debe acreditar nexo causal para demandar despido nulo por afiliación sindical

Trabajador debe acreditar nexo causal para demandar despido nulo por afiliación sindical

La Corte Suprema ha señalado que el trabajador no puede alegar que se ha producido un despido nulo por afiliarse a un sindicato si no logra acreditar objetivamente el nexo causal entre ambos hechos. Conoce más aquí.

Por Redacción Laley.pe

viernes 16 de marzo 2018

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La legislación laboral establece que se configura un despido nulo cuando el empleador finaliza el vínculo laboral con el trabajador debido a que este se afilió a un sindicato o participó en actividades sindicales. Para ello deberá acreditarse que el despido se debió a un acto de represalia por la afiliación sindical.

Es por esta razón que no podrá obtenerse la reposición por despido nulo en caso de comprobarse que no existía nexo de causalidad entre la fecha de comunicación de la incorporación del trabajador al sindicato de la empresa y la fecha del cese.

Este criterio ha sido desarrollada por la Corte Suprema en la Casación N° 8544-2017 Lima, por medio del cual se resolvió el recurso casatorio formulado por el trabajador en un proceso sobre reposición por despido nulo.

El caso es el siguiente: el trabajador demandó a su empleador, Compañía Universal Textil S.A, a fin de que se ordene su reposición a su puesto de trabajo, para lo cual alegó haber sufrido un despido nulo.

En primera instancia, el juez declaró infundada la demanda, al no haberse acreditado los supuestos alegados, lo que fue confirmado en segunda instancia. Al no estar conforme con dicha decisión, el trabajador interpuso recurso de casación.

El demandante alegó que su despido se efectuó como un acto de represalia, en mérito a su condición de afiliado activo del sindicato de trabajadores de la empresa demandada; no obstante, revisando los medios probatorios, la sala suprema verificó que la comunicación de afiliación del trabajador al sindicato se efectuó un año antes del cese del demandante. Por ello, el colegiado supremo determinó que no existió nexo causal entre la afiliación del accionante al sindicato y su cese. Además, no se acreditó que se le haya impedido efectuar reclamos en su condición de sindicalizado.

Del mismo modo, el demandante señaló que su despido se dio como represalia por haber interpuesto demanda laboral contra su empleador, sin embargo, la sala no advirtió medio probatorio que acredite que la empresa incurrió en conductas hostiles, consideradas como actos de represalia. En tal sentido, la COrte no existió nexo causal entre estos hechos, por consiguiente, la pretensión de reposición por despido nulo que pretendía el actor devino en infundada.

Por estas razones, la Corte Suprema declaró infundado el recurso de casación.

Ud. puede acceder a la casación aquí o navegar en nuestro archivo Scribd

Cas. N° 8544-2017 Lima by La Ley on Scribd

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