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Google deberá indemnizar a político por alojar blogs que lo insultaban

Google deberá indemnizar a político por alojar blogs que lo insultaban

La empresa Google tendrá que abonar al exsenador argentino Guillermo Jenefes una indemnización económica por el daño moral generado al albergar durante tres meses blogs con injurias hacia su persona. Conoce los detalles del caso y acceda a la sentencia en la siguiente nota.

Por Redacción Laley.pe

miércoles 18 de abril 2018

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La Cámara Federal de Salta falló en contra de la empresa Google ante una demanda presentada por el exsenador y exvicegobernador de la localidad de Jujuy, Guillermo Jenefes, a quién deberán abonar una indemnización económica.

De esta manera, la empresa americana deberá pagarle a Jenefes 70 mil pesos (cerca de 3,500 dólares) por el daño moral provocado al haber albergado en su plataforma blogspot por tres meses sendos blogs con injurias hacia su persona.

Esta sentencia se da luego que el exsenador había apelado la decisión del juez de primera instancia, quien había desestimado su demanda. Ya en marzo de 2009, Google se vio obligado a levantar los referidos blogs tras una medida cautelar dictaminada por la corte. Sin embargo, Jenefes alegó que Google debió haberlo hecho cuando él le envió una carta-documento para que procediera a ello.

Entre los blogs que fueron retirados de la web se encuentran «Jenefes Ladrón», «Jenefes chorro» y «Ladrón Jenefes» y en su interior se lo calificaba al entonces legislador de «cagador», «mierda», «gorila», «pantera rosa cara de ojete», «abogado mediocre», «gusano», «siniestro ladronzuelo» y «turco culiado», entre otros términos en los que «le desean la muerte, sufrimiento o que manifiestan odio».

De acuerdo con el fallo firmado esta semana por la sala I de la Cámara Federal salteña esas expresiones «lejos están de configurar una crítica, aún ácida y acaso hiriente pero admisible en el contexto del interés -y del derecho- de todos los ciudadanos por involucrarse, conocer y emitir opinión sobre asuntos de interés público».

«Es más, aun cuando la información que se vierta al espacio, en este caso virtual, tenga relación con una conducta espuria por parte de cualquiera (…) parece ostensible que el modo como aquella se presentó dista de proponer una información determinada y de auspiciar un debate robusto, respetuoso y sereno sobre los eventuales o posibles comportamientos incompatibles con la probidad, honestidad o la transparencia en el manejo de la cosa pública, respecto, en el caso, del señor Jenefes», añadió el fallo que probablemente sea apelado por Google y se definiría en la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Ud. puede descargar aquí la sentencia emitida por la Cámara Federal de Salta o también puede visualizarlo a través de nuestro archivo Scribd.

EXPTE. N° FSA 41000111/2010/CA1- -JUZGADO FEDERAL DE JUJUY2- by La Ley on Scribd

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