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Proponen tipificar el delito de acoso

Proponen tipificar el delito de acoso

Iniciativa legislativa busca incluir el delito de acoso en el Código Penal. Así, se castigaría con pena de prisión no menor de uno ni mayor de cuatro años, al que acose a una persona de forma insistente y reiterada, causando una grave alteración al desarrollo de su vida cotidiana. Más detalles en la nota.

Por Redacción Laley.pe

miércoles 9 de mayo 2018

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Sería castigado con la pena de prisión no menor de uno ni mayor de cuatro años, el que acose a una persona llevando a cabo de forma insistente y reiterada, y sin estar legítimamente autorizado, causando una grave alteración al desarrollo de su vida cotidiana, alguna de las siguientes conductas:

  1. Vigile, persiga o busque su proximidad física.
  2. Establezca o intente establecer contacto con ella a través de cualquier medio de comunicación, incluyendo redes sociales, correos electrónicos, o cualquier otro medio informático, o por medio de terceras personas.
  3. Atente contra su libertad o contra su patrimonio, o contra la libertad o patrimonio de otra persona próxima a ella.

Esta es la propuesta contenida en el proyecto de ley N° 2817/2017-CR, presentado el 8 de mayo de 2018 ante el Congreso de la República, y que pretende incorporar el artículo 151-A al Código Penal.

Dicha propuesta establece que en caso se trate de una persona especialmente vulnerable por razón de su edad, enfermedad o situación, se impondría pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de cinco años.

Aunado a ello, cuando la persona acosada haya sido su cónyuge, o haya existido entre el acosador/a y el o la acosada algún tipo de relación sentimental o de amistad, aún si la misma no fue correspondida, o si el acoso recae sobre sus parientes hasta el segundo grado de consanguineidad o sobre cualquier otra persona que se encuentre integrada en el núcleo de su convivencia familiar, la sanción punitiva sería no menor de dos ni mayor de cinco años.

De acuerdo a la exposición de motivos del proyecto, se busca resguardar el derecho a la privacidad y a la libertad, y sancionar a la persona que comete el delito. Asimismo, la creación de este tipo penal persigue frenar y disuadir el accionar de los potencionales acosadores, a fin de proteger adecuadamente principalmente a las mujeres de esta modalidad de violencia de género, que se ven sometidas a persecuciones, vigilancias y otros actos continuos de hostigamiento.

Ud. puede acceder al proyecto de ley aquí o navegar en nuestro archivo Scribd:

PL 02817-2017 by La Ley on Scribd

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