Se han ampliado los alcances de la Resolución Administrativa N° 093-2018-CE-PJ, del 14 de marzo de 2018, a todos los órganos jurisdiccionales que conforman la Corte Suprema de Justicia de la República, de forma tal que se permita la toma de notas de la información contenida en los expedientes judiciales, a través de mecanismos de digitalización o con el uso de teléfonos celulares.
Así lo ha dispuesto la Resolución Administrativa N° 123-2018-CEP-PJ, publicada hoy 15 de mayo de 2018 en el diario oficial El Peruano.
La resolución señala que, en mérito a la Resolución Administrativa N° 093-2018-CE-PJ, se estableció un interpretación amplia del término “tomar nota” para el uso de los instrumentos mencionados en la acotada resolución; sin embargo, no se hizo referencia a la Corte Suprema de Justicia de la República, pese a que la oficina de administración cuenta con una Sala de Lectura de Expedientes para las partes procesales, sus abogados o apoderados, por lo que resulta necesario ampliar el alcance de la acotada resolución, incluyéndose a la Corte Suprema de Justicia.
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Res. Adm. 123-2018-CE-PJ by La Ley on Scribd