Tras casi seis años después, el Tribunal Supremo de Estados Unidos decidió este lunes por mayoría darle la razón al pastelero de Colorado que en el año 2012 había rechazado realizar una tarta nupcial para una pareja homosexual, bajo el argumento de que sus creencias religiosas no le permitían hacerlo.
Según se informó, los jueces respaldaron al comerciante por una mayoría de siete a dos, tras considerar que la justicia del Estado no había sido neutral. Esta sentencia había generado expectativa ya que el fallo podía determinar dónde acaba la libertad religiosa y empieza la discriminación a los homosexuales en la prestación de servicios.
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Vale precisar que la pareja integrada por Charlie Graig y Dave Mullins acudieron en el mes de julio del 2012 a la pastelería de Jack Philips en Colorado, solicitando una tarta para su boda. El dueño se negó, alegando que eso violentaba sus creencias, y la pareja lo denunció ante la Comisión de Derechos Civiles, la cual le dio la razón.
Posteriormente la justicia estatal ratificaría en 2015, motivo por el cual el pastelero llevaría el caso hasta el Tribunal Supremo, instancia que le terminaría dando la razón.
Es ilegal que un comercio rechace a un cliente en función de su raza, religión u orientación sexual. Pero en su argumentación, el pastelero Jack Philips se autodefine como artista y, bajo la libertad de expresión, defendió su derecho a no elaborar una tarta nupcial para homosexuales.
Philips indicó, además que no les discrimina porque está dispuesto a venderles, indicó, cualquier otro dulce. Utilizó como ejemplo que tampoco elabora tartas con motivo de Halloween o con mensajes ateos.