El Estado peruano ha ratificado el Tratado de Beijing sobre Interpretaciones y Ejecuciones Audiovisuales” adoptado el 24 de junio de 2012 por la Conferencia Diplomática de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual sobre la Protección de las Interpretaciones y Ejecuciones Audiovisuales, celebrada en la ciudad de Beijing. Este fue suscrito por el Perú el 26 de junio de 2012 y aprobado por Resolución Legislativa N° 30775, del 22 de mayo de 2018.
Así se ha dispuesto mediante Decreto Supremo N° 025-2018-RE, publicado el 26 de junio de 2018 en el diario oficial El Peruano.
El Tratado de Beijing abarca las interpretaciones y ejecuciones de actores en diferentes medios de comunicación y soportes, como el cine y la televisión y se aplica también a los músicos, en la medida en que sus interpretaciones o ejecuciones estén grabadas en un DVD o en otra plataforma audiovisual. Este concede a los artistas intérpretes y ejecutantes derechos patrimoniales con respecto a interpretaciones o ejecuciones fijadas y no fijadas, así como determinados derechos morales.
El referido decreto supremo señala que el Ministerio de Relaciones Exteriores publicará el texto íntegro del tratado y su fecha de entrada den vigencia.
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