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Entidades públicas pueden destacar o contratar profesionales en apoyo a mancomunidades regionales

Entidades públicas pueden destacar o contratar profesionales en apoyo a mancomunidades regionales

Se ha modificado la Ley de Mancomunidad Regional a fin de consolidar el proceso de descentralización, fortaleciendo las mancomunidades regionales. Conoce más en la nota.

Por Redacción Laley.pe

martes 3 de julio 2018

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Se busca establecer el marco legal de la mancomunidad regional, como un mecanismo de coordinación entre gobiernos regionales, y de estos con los gobiernos locales y el gobierno nacional.

Así lo dispone la Ley 30804, que ha modificado diversos artículos de la Ley de mancomunidad regional, Ley 29768, publicada hoy 03 de julio de 2018 en el diario oficial El Peruano.

Respecto a la definición de mancomunidad regional, el nuevo texto señala que es el acuerdo voluntario de dos o más gobiernos regionales que se unen para la articulación de políticas públicas nacionales, sectoriales, regionales y locales, formulación y ejecución de planes, programas y proyectos de inversión interdepartamental, para garantizar la prestación conjunta de servicios y bienes públicos.

Asimismo, en relación a los principios de la mancomunidad, establecidos en el artículo 4, la norma ha incorporado el principio de transparencia en el literal j. En tal sentido,  con la finalidad de garantizar la transparencia y rendición de cuentas de los actos y acciones de las mancomunidades regionales, y regular el acceso a la información, estas se someten a la Ley 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

Por otro lado, la ley prevé incluir como objetivos de esta, articular las políticas regionales en el ámbito de la mancomunidad con las políticas nacionales, sectoriales y locales para la prestación conjunta de los servicios públicos. Además, la prestación de servicios públicos que brinde la mancomunidad regional deberá darse considerando el enfoque de gestión descentralizada para lo cual deberá tener en consideración la articulación y coordinación entre niveles de gobierno y la territorialidad.

Respecto a su organización y estructura básica, la norma ha incorporado un Comité Consultivo, integrado por un representante del Ministerio de Economía y Finanzas, del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, del Viceministerio de Gobernanza Territorial de la Presidencia del Consejo de Ministros, de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada y de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, cuya función es brindar asesoría técnica al Comité Ejecutivo Mancomunal y a la Asamblea Mancomunal. Aunado a ello, se incorporó la Dirección Ejecutiva de la Mancomunidad, ejercida por funcionario competente, designado por el Comité Ejecutivo Mancomunal, para el periodo y funciones establecidos en el Estatuto de la Mancomunidad.

Ud. puede descargar la ley aquí o navegar en nuestro archivo Scribd:

Ley 30804 by La Ley on Scribd

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