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Los abogados ahora también podemos tomar fotos de las carpetas fiscales

Los abogados ahora también podemos tomar fotos de las carpetas fiscales

Los abogados ahora sí podemos tomar fotografías de las carpetas fiscales. Así lo acaba de establecer la Fiscalía Suprema de Control Interno mediante un precedente administrativo. Los trabajadores de los despachos fiscales deberán dar las facilidades a los abogados para esto. Más detalles aquí.

Por Redacción Laley.pe

viernes 6 de julio 2018

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Primero fue el Poder Judicial, ahora es el turno del Ministerio Público: los abogados y litigantes tenemos el derecho de tomar fotografías de las carpetas fiscales. Así lo ha establecido la Fiscalía Suprema de Control Interno, mediante un reciente precedente administrativo. De esta manera, los trabajadores de los despachos fiscales deberán dar las facilidades para que los interesados puedan utilizar cámaras o celulares a fin de fotografiar las carpetas fiscales.

En efecto, la Fiscalía Suprema de Control Interno, mediante Resolución N° 737-2018-MP-FN-FSC, del 7 de mayo del 2018, ha dejado de lado la prohibición de tomar fotos a la carpeta fiscal. Pero no solo eso, ha fijado como nuevo precedente de observancia obligatoria para todos los despachos fiscales del país que se permita usar celulares y otros dispositivos tecnológicos para tomar fotografías de las carpetas fiscales en todo el país.

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La resolución detalla que deberá permitirse la toma de notas de la información contenida en las carpetas fiscales «a través de mecanismos de digitalización o con el uso de teléfonos celulares, dejándose la constancia respectiva en la carpeta fiscal; debiéndose señalar en la misma, la parte que solicitó la carpeta fiscal, sobre qué copias obtuvo y a través de qué mecanismo las obtuvo (teléfonos celulares, cámaras digitales u otro)».

Igualmente, se exhorta a los trabajadores del Ministerio Público para que brinden las facilidades del caso a la parte interesada que solicite la lectura de la carpeta fiscal, incluso sea el íntegro de esta, esto es, carpeta principal, auxiliar, incidentes y cualquier otro documento anexo. Asimismo, se señala que en caso la carpeta sea voluminosa, la parte solicitante deberá señalar el número de tomo que requiere.

Así lo ha informado la la Jefa de la Oficina Desconcetrada da Control Interno de Arequipa, Virginia Aquize Díaz, en un oficio que Ud. puede descargar aquí y/o leer en nuestro archivo Scribd:

 

Carpeta Fiscal by La Ley on Scribd

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