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Lea el nuevo Reglamento especial de habilitación urbana y edificación

Lea el nuevo Reglamento especial de habilitación urbana y edificación

Se publicó el nuevo Reglamento especial de habilitación urbana y edificación. Este establece las disposiciones básicas para diseñar y, con posterioridad a la expedición de la respectiva licencia municipal, ejecutar proyectos de habilitación urbana y/o de edificación para viviendas de interés social. Conoce más en la nota.

Por Redacción Laley.pe

miércoles 11 de julio 2018

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Los proyectos de habilitación urbana sujetos al reglamento, se ejecutan en predios ubicados en áreas urbanas y áreas urbanizables inmediatas, en zonas donde se sustituyan áreas urbanas deterioradas, en islas rústicas, en áreas donde se realicen proyectos de renovación urbana, y en laderas; los proyectos de edificación se ejecutan en predios habilitados o en proceso de habilitación urbana. En ambos casos, deben contar con las respectivas licencias municipales de habilitación urbana y/o de edifi cación.

Además, se incluyen los proyectos de edificación en predios formalizados por Cofopri, siempre que cuenten con servicios públicos domiciliarios operativos de agua potable, alcantarillado y energía eléctrica.

Así lo establece el Reglamento especial de habilitación urbana y edificación, aprobado mediante Decreto Supremo N° 10-2018-VIVIENDA, publicado el 11 de julio de 2018 en el diario oficial El Peruano.

La norma señala también, que los proyectos de habilitación urbana y/o de edificación se desarrollan en áreas con zonificación residencial de densidad media (RDM) y residencial de densidad alta (RDA), en zonas con zonificación comercio metropolitano (CM), comercio vecinal (CV), comercio zonal (CZ), vivienda taller (VT), otros usos (OU) y zonas de reglamentación especial (ZRE) respetando la compatibilidad de uso residencial o el reglamento respectivo, según corresponda; en base a los parámetros establecidos en el presente Reglamento

 Asimismo, en el caso de áreas calificadas como otros usos (OU), se consideran como referencia la zonificación de mayor densidad que se encuentre contigua a ella.

El referido intrumento legal precisa que, en aquellos aspectos no tratados por este, rigen las normas del Reglamento Nacional de Edificaciones.

Por otro lado, la norma dispone que en los proyectos de habilitación urbana se determina y define la ubicación exacta de los equipamientos urbanos y los trazos e intercambios viales aprobados en los Planes Urbanos.

Ud. puede descargar el decreto supremo aquí o navegar en nuestro archivo Scribd:

DS.10-2018-VIVIENDA by La Ley on Scribd

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