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Crean Sala Penal Especial de la Corte Suprema para juzgamiento de funcionarios

Crean Sala Penal Especial de la Corte Suprema para juzgamiento de funcionarios

Se ha dispuesto la creación de órganos jurisdiccionales en la Corte Suprema, para el juzgamiento de funcionarios con procesos tramitados bajo el Código de Procedimientos Penales y Código Procesal Penal. Conoce más en la nota.

Por Redacción Laley.pe

jueves 26 de julio 2018

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El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial ha dispuesto la creación de una Sala Penal Especial de la Corte Suprema y un Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria a partir del 1 de agosto, a fin de que, con carácter de exclusividad y por el plazo de tres meses, se avoquen al juzgamiento de funcionarios cuyos procesos sean tramitados bajo los alcances del Código de Procedimientos Penales y el Código Procesal Penal.

Así lo ha establecido la Resolución Administrativa N° 205-2018-CE-PJ, publicada el 26 de julio de 2018 en el diario oficial El Peruano.

La norma hace referencia a los funcionarios comprendidos en el artículo 99° de la Constitución Política del Estado, artículo 34°, numeral 4), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y artículo 454° del Código Procesal Penal.

Asimismo, la norma dispone la habilitación de una plaza de Juez Supremo para que el magistrado designado intervenga en los casos de vacaciones, impedimento, recusación, inhibición, y/o cualquier situación procesal que sea necesario cubrir en las Salas Penales del Supremo Tribunal.

Por otro lado, la resolución señala que remitirá a los nuevos órganos jurisdiccionales las causas y procedimientos que se siguen en el Supremo Tribunal, y que los recursos impugnatorios sean remitidos a la Sala Penal Permanente y Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, en forma aleatoria.

Por último, se prevé que las designaciones que se efectúen no deben generar el quiebre de las audiencias en giro ante el órgano jurisdiccional de origen. En consecuencia, los jueces supremos designados, de ser el caso, deberán asistir a las audiencias programadas con su intervención, a fin de evitar el quiebre de juicios

Ud. puede descargar la resolución aquí o leerla en nuestro archivo Scribd:

Res. Adm. 205-2018-CE-PJ by La Ley on Scribd

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