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Sancionarían penalmente a quienes participen con el rostro cubierto en marchas

Sancionarían penalmente a quienes participen con el rostro cubierto en marchas

Proyecto de ley plantea que quien, en una reunión tumultuaria y ocultando su rostro, atente contra la integridad de personas o cause grave daño a la propiedad, sea reprimido con prisión de 8 a 10 años. Más detalles en la nota.

Por Redacción Laley.pe

martes 7 de agosto 2018

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El que en una reunión tumultuaria, atenta contra la integridad física de las personas y/o mediante violencia causa grave daño a la propiedad pública o privada, ocultando su rostro bajo cualquier modalidad, impidiendo su identificación, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de ocho ni mayor de diez años.

Esa es la propuesta contenida en el proyecto de ley N° 3168-2018-CR, presentado el 06 de agosto de 2018 por el congresista Héctor Becerril ante el Parlamento, y que incorporaría dicho supuesto agravante al delito de disturbios, contemplado en el artículo 315 del Código Penal.

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Asimismo, se incorporaría el artículo 452-A al citado cuerpo legal, en el apartado de faltas contra la tranquilidad pública. En tal sentido, sería reprimido con prestación de servicios comunitarios de ochenta a ciento veinte jornadas o con ochenta a ciento veinte días multa, aquel que participe en marchas, protestas y/o reunión tumultuaria ocultando su rostro a través de cualquier modalidad, impidiendo su identificación, con el fin de perturbar la tranquilidad pública.

Según señala la propuesta, se busca adoptar medidas más severas a las que ya existen para poder realizar una verdadera lucha en contra las conductas desadaptadas y antisociales, a fin de disminuir la comisión del delito de disturbios cometidos por personas que pretendan impedir su identificación al cubrirse el rostro.

Ud. puede descargar el proyecto de ley aquí o leerla en nuestro archivo Scribd:

PL3168-2018-CR by La Ley on Scribd:

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