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Precisan actividad de salas de la CS de Lima Norte en vacaciones

Precisan actividad de salas de la CS de Lima Norte en vacaciones

Una resolución publicada hoy en El Peruano ha dispuesto el funcionamiento de órganos jurisdiccionales de emergencia para el periodo vacacional del 01 de febrero al 02 de marzo del año en curso.

Por Redacción Laley.pe

viernes 17 de enero 2014

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De esta manera la Sala Civil Superior conocerá lo que corresponda a la Primera y Segunda Sala Civil y estará presidida por José Alberto Infantes Vargas. 
Igualmente, la Sala Penal Superior conocerán lo correspondiente a la Primera y Segunda Sala Penal con Reos en Cárcel, Primera y Segunda Sala Penal con Reos Libres, Primera y Segunda Sala Penal Transitoria y Sala de Apelaciones- NCPP y estará presidida por Luz Janet Rugel Medina.
Así lo ha dispuesto la Resolución Administrativa Nº 021-2014-P-CSJLN/PJ publicada hoy 17 de enero del 2014 en el diario oficial El Peruano el 17 de enero de 2013. 
Asimismo, ha indicado quiénes son los magistrados que estarán a cargo de los juzgados especializados, juzgados de paz letrado entre otros por el periodo líneas arriba señalado.
Cabe señalar que, en adición a sus funciones, los magistrados a cargo de los órganos jurisdiccionales de emergencia atenderán exclusivamente las siguientes materias de los órganos jurisdiccionales que saldrán de vacaciones.
Estas son: a) Penal: Hábeas Corpus, calificación de denuncias con detenidos, trámite de libertades, apelación de mandato de detención; trámite de procesos con reos en cárcel, homonimias y rehabilitaciones; b) Civil: Acciones de garantía y medidas cautelares fuera de proceso; c) Familia: Consignaciones de alimentos, autorización de viaje de menores, violencia familiar, tutela de menores en abandono y menores infractores; así como medidas cautelares de régimen provisional de visitas, anotación de demanda, visitas reguladas por el Equipo Multidisciplinario y ampliación de régimen de visitas, entrega de menores en forma de ejecución anticipada, tenencia provisional; procesos sobre interdicción civil tramitados ante los Juzgados de Familia en materia tutelar y en las Salas Superiores; d) Laboral: Consignaciones laborales; y, e) Todas aquellas solicitudes que los Jueces de acuerdo a su facultad discrecional consideren de urgente atención en materia Contencioso Administrativo, Constitucional y Previsional, u otras que estimen conveniente.

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