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Elecciones regionales y municipales 2014

Elecciones regionales y municipales 2014

La convocatoria a las Elecciones Regionales y Municipales para este año 2014, ha pasado desapercibida en razón de que todos hemos estado pendientes del tema entre Perú y Chile en La Haya. Por lo que debemos precisar que con fecha 24 de Enero fue publicado el Decreto Supremo que convoca a elegir autoridades regionales y municipales para el período de gobierno comprendido desde el 1 de Enero del 2015 hasta el 31 de Diciembre del 2018.

Por Martín D'Azevedo

lunes 3 de febrero 2014

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Ello no deja de ser ciertamente preocupante porque la población no se ha percatado que con el hecho de esta convocatoria se marca el inicio de un Cronograma Electoral que tiene plazos bien definidos y que todos ellos se vencen una vez transcurridos los mismos, es decir, que no hay marcha atrás por ningún motivo sobre todo para quienes son los directamente involucrados en el tema: partidos políticos y movimientos políticos de alcance regional o departamental. 

Con esta convocatoria también ya no hay lugar a cambios en la legislación electoral vigente sobre la materia, como -por ejemplo- el de modificar la Ley para instaurar una segunda vuelta electoral en las elecciones municipales como lo hay actualmente para el caso de las elecciones regionales, ni de ningún otro tipo como otras veces se ha dado que el Congreso lo hizo ya con el proceso convocado. 
Por ello hace muy bien el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) en establecer el Cronograma Electoral oficial en donde ha fijado hitos legales muy importantes, tales como: 
– Plazo para la realización de elecciones internas de los partidos políticos y movimientos regionales o movimientos locales (del 08.04.2014 al 16.06.2014). 
– Fecha límite para la presentación de listas de candidatos ante los Jurados Electorales Especiales (hasta 07.07.2014). 
– Fecha límite para renuncia de funcionarios públicos que integren listas de candidatos (hasta 06.08.2014). 
– Fecha límite para conceder licencia a trabajadores y funcionarios de los Poderes Públicos que integren listas de candidatos (hasta 05.09.2014). 
La verdad es que este Cronograma es de muy estricto cumplimiento y en esencia arranca a marcar el paso de las elecciones de este año con una anticipación de 180 días calendario, es decir, desde seis (06) antes del proceso que se llevará a cabo el día 5 de Octubre (primer domingo de ese mes), para ello 120 días antes (hasta 07.06.2014), ya se debe haber cerrado el Padrón Electoral y cualquiera de nosotros no podremos hacer más modificaciones o cambios en nuestro D.N.I. ni tampoco se podrán inscribir nuevos ciudadanos o más electores en el mismo; y, el día 21 de Agosto del 2014 será el sorteo de los miembros de mesa para este proceso electoral. 
Ahora bien, las listas de candidatos tanto para presidente, vicepresidente y consejeros regionales, así como para alcalde y regidores municipales, se deben presentar en forma completas y cerradas, eso significa que según la circunscripción electoral a donde se postule con 5, 7, 9, 11, 13 ó 15 miembros, y en el caso de los candidatos a la Municipalidad Metropolitana de Lima la lista debe tener 40 miembros en la lista, incluido el candidato a alcalde o alcaldesa, idénticamente para el Consejo Regional se debe presentar una lista de mínimo 7 ó máximo 25 miembros, según corresponda, de modo que luego de inscritas las listas no se pueden realizar cambios, y el ganador de las elecciones tanto regionales como municipales ingresa el 50% más 1 del total de miembros que componen el respectivo Consejo Regional o Concejo Municipal. 
De acuerdo con lo normado en la Constitución, los presidentes, vicepresidentes y consejeros regionales, así como los alcaldes y regidores municipales que actualmente están en el ejercicio del cargo, pueden ser reelegidos indefinidamente. 
Un proceso electoral como este pone en marcha funciones especiales en una serie de entidades públicas que brindan apoyo directa e indirectamente, tales como: el Poder Judicial, el Ministerio Público, la Presidencia del Consejo de Ministros, el Ministerio de Economía y Finanzas, el Ministerio del Interior, el Ministerio de Defensa, el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, la Contraloría General de la República, la Defensoría del Pueblo, el Banco de la Nación, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC), la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), sin cuyo apoyo sería imposible desarrollar bien este cometido. 
Finalmente, precisamos que es justamente la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) la que da los resultados oficiales, y el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) es el que proclama a los ganadores y les otorga sus credenciales, para que éstos luego juren al cargo ante sus propios consejos regionales o concejos municipales y empiecen a ejercerlo por un período ordinario de cuatro (04) años, siempre y cuando durante el ejercicio de su función como autoridad municipal o regional no sean vacados, revocados, inhabilitados o destituidos del cargo.

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