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«Un Estado no puede descalificar una protesta señalando que genera desestabilización»

«Un Estado no puede descalificar una protesta señalando que genera desestabilización»

En entrevista exclusiva para La Ley.pe la ex Procuradora Supranacional Delia Muñoz conversó con nosotros acerca de la crisis en Venezuela y las implicancias jurídicas de esa coyuntura.

Por Redacción Laley.pe

jueves 27 de febrero 2014

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La crisis interna de Venezuela ha levantado una serie de declaraciones por parte del presidente Nicolás Maduro que afectan directa e indirectamente el derecho a la protesta. Según el mandatario bolivariano, la protesta está descalificada porque la motiva un afán de desestabilización o, mucho peor, debido a que es parte de un complot internacional fascista. 

No obstante, la ex Procuradora Supranacional, Delia Muñoz, aclaró que según las resoluciones 22 10 y 13 15 de la Organización de las Naciones Unidas, así como la propia Constitución de la República de Venezuela, los elementos jurídicos básicos del derecho a la protesta han sido atropellados por doquier por Nicolás Maduro. 
Esto debido a que la República Bolivariana no se ha abstenido de descalificarlas como actos de desorden público o desestabilización, permitir manifestaciones de grupos contrarios a los manifestantes en zonas cercanas o poner música e instalar mensajes en los lugares de la protesta. Aquellos puntos constituyen violaciones a las resoluciones del Consejo de la ONU sobre manifestaciones pacíficas. 
Por otra parte, manifestó que el hecho de que Venezuela haya denunciado la Convención Americana de Derechos Humanos no la sustrae del sistema internacional de derechos humanos y de la Carta Democrática Interamericana. 
En cuanto a la libertad de expresión, indicó que diferentes instrumentos que miden la libertad de expresión se enfocan en la administrativización de los permisos a los medios y la regulación de las importaciones de insumos de los que depende esa actividad.

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