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Conozca las deficiencias del Estado para luchar contra el lavado de activos

Conozca las deficiencias del Estado para luchar contra el lavado de activos

Por Redacción Laley.pe

lunes 2 de febrero 2015

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Ahora que la primera dama Nadine Heredia y su hermano Ilan Heredia, se han convertido en sujetos de investigación por presuntamente haber cometido el delito de lavado de activos, es más pertinente que nunca analizar las problemáticas que enfrenta el Estado para identificar una probable comisión de este delito.

Los Heredia deberán responder al Ministerio Público, institución que atraves del despacho «A» de la Segunda Fiscalía de Lavado de Activos y Pérdida de Dominio ha abierto una investigación -la tercera en contra de la también presidenta del Partido Nacionalista- sobre las sospechosas transferencias bancarias efectuadas entre 2006 y 2008 a una cuenta de la primera dama en el Banco de Crédito.

A propósito de esta delicada denuncia y dejando de lado los tintes políticos, dos especialista en Derecho Penal describen a través de La Ley, el actual panorama que dibujan denuncias como esta.

Para el penalista Carlos Caro Coria, las principales dificultades de regulación no se deben al ámbito penal debido a que las normas son lo suficientemente fuertes y sólidas como para dar una persecución judicial adecuada. En su criterio, el problema se presenta en la fase previa, es decir en la fase de investigación administrativa, la cual es realizada por la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF).

«La UIF es una entidad dependiente de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, y demasiado pequeña para todas las competencias que tiene, y de momento está enclavada en un organismo que está pensado en el mundo bancario (SBS)», destaca el especialista. Además propone que «la UIF debe ser un organismo totalmente independiente, no depender de ninguna institución; o en todo caso de la Presidencia de Consejos de Ministro, o como es en otro países trabajar con el Ministerio Público«.

Caro Coria también cree que los casos que ha levantado la UIF no son casos de gran trascendencia, y la razón es porque esta unidad «es como un tigre de papel, no muerde ni hace daño».  Para explicar lo dicho indica que «la UIF no puede acceder a la información tributaria ni bancaria y eso es una gran limitación a diferencia de lo que pasa en los EE.UU, por ejemplo».

En opinión del especialista en Derecho Penal César Nakazaki Servigón, el problema del combate del delito de lavado de activos no se encuentra en el ámbito sustantivo, sino, por el contrario, en el ámbito de la probanza.  «Hay graves problemas en el Estado para probar los casos de lavado de activos. La Fiscalía y la Policía no logran establecer casos sólidos que puedan llevar a un juicio y a una eventual condena por lavado de activos«, acota el penalista.

Nakazaki Servigón centra sus críticas en los especialistas que atienden los casos de lavado de activo. «No hay casos grandes condenados por este delito debido a que la Policía no contrata un economista, y el 100% de las personas están investigadas por lavado de activos son personas que han hecho su patrimonio 20 a 30 años atrás. Si tenemos en cuenta que de acuerdo a la ley hay obligación de custodiar los documentos tributarios por cinco años, si no hay documentos, los economistas son los que reconstruyen la historia económica para saber si hay origen lícito o ilícito».

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