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«Es un error la reciente modificación al Código Civil sobre fe pública registral»

«Es un error la reciente modificación al Código Civil sobre fe pública registral»

El civilista Fort Ninamancco Córdova expresa sus críticas sobre la ley que modificó recientemente el artículo 2014 del Código Civil y cambió la regulación del principio de fe pública registral. Señala que la norma obliga al adquiriente la indagación de títulos archivados, minimizando la importancia de la partida registral. Además, agrega que la modificación no ataca el real problema del fraude inmobiliario.

Por Ana Bazo Reisman

miércoles 27 de mayo 2015

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Si hasta hace poco resultaba válido adquirir e inscribir un bien inmueble sobre la base de lo señalado en la partida electrónica registral, ahora eso no es posible. Desde la publicación de la Ley Nº 30313 –que modifica el artículo 2014 del Código Civil– cualquier tercero dispuesto a realizar una compra inmobiliaria debe además revisar la información contenida en los títulos archivados y toda la documentación concerniente a la propiedad.

Para el abogado civilista Fort Ninamancco Córdova, este cambio normativo presenta contradicciones y podría incluso acarrear graves perjuicios a los interesados además de no cumplir necesariamente con su objetivo: evitar el fraude inmobiliario en el país.

Si bien la intención de la ley es buena, pues genera que los asientos registrales de las propiedades sean más exactos y confiables, el especialista estima que este cambio al principio de la buena fe registral no representa la solución. “Por un lado la ley se esmera en reforzar los asientos registrales, pero por otro lado le dice a la comunidad que no confíe en dichos asientos. Eso es una contradicción”, afirma.

Según Ninamancco, existe una mala interpretación estadística. “Se está partiendo de un problema demasiado focalizado dado que los casos de fraude inmobiliario suponen menos del 1% en el país”, advierte luego de señalar que las consecuencias como la elevación de costos por asesoría legal y los nuevos filtros para las transacciones de inmuebles perjudicarán a la mayoría de la sociedad civil. “El problema no es el (art.) 2014; el problema es que el sistema está fallando, es decir, la Sunarp y el notariado”, apunta.

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