Viernes 19 de abril de 2024 | Suscríbete al Newsletter de La Ley

España prohíbe el uso de drones en zonas urbanas para vuelos recreativos

España prohíbe el uso de drones en zonas urbanas para vuelos recreativos

La Agencia Estatal de Seguridad Aérea ha señalado que no se puede volar en espacios donde exista aglomeraciones públicas, así como bodas, conciertos, manifestaciones, procesiones, parques o playas, ni tampoco en horas de la noche.

Por Redacción Laley.pe

sábado 15 de agosto 2015

Loading

[Img #8672]

Los drones, en estos tiempos, se han puesto muy de moda. Su uso no solo se limita a eventos o actividades oficiales, sino también ha llegado a ser utilizado, e incluso con más frecuencia, de forma particular y de manera recreativa. Las normas peruanas aún no han limitado su manejo, pero ciertos países sí han implementado significativas regulaciones.

España cuenta desde hace exactamente un año con una normativa que regula el uso de drones para actividades profesionales, en donde se detalla una serie de requisitos para poder operar con ellos; sin embargo, no existía pautas para el uso para actividades lúdicas o deportivas por parte de los ciudadanos.

Por tal motivo, la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) de España acaba de publicar prohibiciones y recomendaciones para el uso responsable de los drones en actividades particulares (lúdicas o recreativas). Según se ha dado a conocer, la finalidad es concientizar a la ciudadanía de que los drones no son juguetes, sino, por el contrario, aeronaves; y además que deben operarse en espacios adecuados y teniendo en cuenta las medidas de seguridad.

El documento indica que queda prohibido el vuelo en zonas urbanas, así como en aglomeraciones de personas. Inclusive, especifica lugares como parques, playas, conciertos, bodas y manifestaciones. Asimismo, restringe el uso a horas de la noche, y cerca de aeropuertos y aeródromos.

El AESA también indica que no se puede volar cerca a lugares donde se realicen vuelos con otras aeronaves a baja altura, como zonas de parapente, paracaidismo, aeródromos, helipuertos. Y recalca que no se puede poner en riesgo a terceros.

También recuerda que el vuelo no debe superar los 120 metros de altura, y que los daños que cause el drone son responsabilidad de quién lo maneja. El hacer caso omiso de estas regulaciones,  así como su uso  imprudente, derivaría a una multa que asciende a 225.000 euros.

NEWSLETTER DE LA LEY.PE

NOTICIAS RELACIONADAS