La Sra. Heredia y sus allegados son investigados en dos ámbitos distintos, uno por los medios de comunicación. Los hechos se presentan en forma resumida, la finalidad de la investigación no es necesariamente que se haga justicia sino vender la noticia, y el juicio de la opinión pública se basa en las normas morales de cada persona sustentada en un resumen de hechos, y las opiniones de los especialistas y opinólogos que haya presentado la prensa.
De otro lado, la Sra. Heredia es investigada por las fiscalías especializadas en los procesos en los que ha sido citada, que a diferencia de las investigaciones de la prensa, tienen normas que garantizan un debido proceso, y principios como la presunción de inocencia que exige que la probanza de su culpa vaya más allá que cualquier duda razonable.
El juzgamiento en este caso si bien depende también de la moral del juzgador, lo cierto es que las decisiones de estos deben sustentarse en normas legales y todo el material probatorio aportado. Este fuero va a determinar por ejemplo si el contenido de las agendas debe o no ser valorado como prueba en cuanto la manera de la que han sido obtenidas es contraria a las disposiciones de nuestro sistema.
Estas investigaciones están ya encaminadas, y la Sra. Heredia deberá responder ante la opinión pública y la justicia por sus actos; sin embargo, no debemos perder de vista que aparentemente son intereses políticos los que dan inicio a este escandalo. Las agendas de la primera dama fueron extraídas sin su consentimiento, lo que ha sido minimizado en la discusión y tratado como un tema secundario.
Hace tiempo venimos siendo testigos de interceptaciones ilegales de conversaciones telefónicas, comunicaciones electrónicas, entre otras, su obtención generalmente demanda esfuerzo y costo que alguien debe soportar, movido por un interés personal, ya sea para obtener beneficio político, económico o para agredir a otra persona anónimamente, con las redes sociales su difusión es veloz y de amplio alcance. Este es un tema que merece también mucha atención, más aún cuando puede haber políticos o funcionarios públicos involucrados, que hoy aparecen como justicieros.
Cuando se discutía el texto del proyecto del hoy decreto legislativo 1182 que otorga facultades a la Policía Nacional para la localización y geo localización de los equipos de comunicación, había preocupación por el acceso que iban a tener a la privacidad de las personas sin que medie orden judicial. Esta preocupación parece no aplicar cuando quien intercepta es un privado.
Cada vez vemos más actos de intercepción ilegal de las comunicaciones realizados por personajes que en el balance de su costo/beneficio pueden apreciar que el peso del problema se lo lleva generalmente la víctima cuyas comunicaciones e intimidad se ve afectada. Solo el juicio mediático que va a sufrir es suficiente para justificar el delito; sin embargo, salvo algunas excepciones muy sonadas, no se tiene conocimiento de la existencia de investigaciones fiscales o condenas contra estos personajes.
¿Quién es el bueno?, ¿quién es el malo?, ¿quién el ladrón?, como están las cosas todo depende de la ocasión.
(*) Socio Principal del Estudio Linares Abogados