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Regulación de drones por partida doble: ¿es conveniente?

Regulación de drones por partida doble: ¿es conveniente?

El proyecto de norma técnica de la Dirección General de Aeronáutica procura definir ciertos parámetros de uso que garanticen la seguridad y orden del tráfico aéreo. Por su parte, la propuesta del Congreso resalta que el uso de drones no debe afectar la privacidad ni poner en peligro la seguridad y la regularidad de las operaciones aéreas.

Por Óscar Montezuma Panez

domingo 13 de septiembre 2015

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La tecnología avanza a pasos agigantados y no podemos darle la espalda sin aprovechar sus beneficios y nuevos usos que no dejan de sorprender. Una de esas nuevas tecnologías son los drones. Un dron no es otra cosa que una versión avanzada y sofisticada de lo que era el clásico avión de aeromodelismo. Imaginemos ese mismo avioncito con cámaras, diversos sensores, mayor estabilidad, un nuevo diseño y tendremos un dron.

También conocidos como vehículos aéreos no tripulados (VANT) pueden ser usados para un sinnúmero de fines tales como atender emergencias médicas, realizar catastros de todo tipo, investigaciones arqueológicas, actividades periodísticas e informativas, para el “delivery” de productos y medicinas, actividades de marketing, búsqueda de personas desaparecidas, supervisión regulatoria (de hecho Osinergmin informó hace poco que ya viene usando esta tecnología en actividades de supervisión de la actividad minera) y actividades de defensa nacional o simplemente como actividad recreacional. La potencia de estos dispositivos, su posibilidad de volar largas distancias y llegar a lugares de difícil acceso son quizás su mayor atractivo.

Como con toda nueva tecnología, es natural que existan preocupaciones válidas sobre cuál será el alcance de esta tecnología y sus posibles usos. Es así como la Dirección General de Aeronáutica Civil basada en las competencias que le atribuye la Ley de Aeronáutica Civil sometió recientemente a consultado un proyecto de norma técnica orientada a regular lo que denomina “aeronaves piloteadas a distancia” (RPA por las siglas “Remotely Piloted Aircraft Systems”).  El proyecto de norma técnica procura definir ciertos parámetros de uso que garanticen la seguridad y orden del tráfico aéreo. Entre otras cosas se propone la creación de un registro de drones y se definen ciertas limitaciones en su operación. Por ejemplo, contar un peso máximo de despegue no mayor a 25 kilos, coordinar su puesta en marcha con las autoridades de control de transito aéreo y no sobrevolar zonas restringidas o lanzar objetos o sustancias desde los drones.

En paralelo existe un predictamen de un proyecto de ley en la Comisión de Transportes y Comunicaciones del Congreso que regula el uso de drones con un enfoque restrictivo donde, por ejemplo, no figuran los usos informativos por la prensa y tampoco un régimen de excepciones para ciertos usos que se encuentren fuera de la regulación como los recreativos. Acierta el proyecto en resaltar que el uso de drones no debe afectar la privacidad ni poner en peligro la seguridad y la regularidad de las operaciones aéreas. Sin embargo aún es necesario encontrar sintonía entre la propuesta técnica de la DGAC y la del Congreso a fin de evitar una duplicidad de esfuerzos.

Considero importante abrir el debate público de estas iniciativas e incluir la participación de sociedad civil y la industria a fin de fomentar un dialogo técnico que permita considerar todas las perspectivas que esta nueva tecnología nos pone sobre la mesa. No cedamos a la tentación de regularla muy apresuradamente sin antes conocer todos sus alcances y potencialidades. Es fundamental debatir mucho primero y luego regular bien.

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