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«No estamos violando la Constitución al acceder a correos privados»

«No estamos violando la Constitución al acceder a correos privados»

Según el presidente del Indecopi, Hebert Tassano, la facultad otorgada a la institución para acceder a las comunicaciones de personas vinculadas a una empresa investigada no viola el derecho a la privacidad.

Por Ana Bazo Reisman

jueves 1 de octubre 2015

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El reciente Decreto Legislativo Nº 1205, que modificó la Ley de Represión de Conductas Anticompetitivas, sigue dejando dudas sobre su constitucionalidad. Si bien la norma establece que el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual (Indecopi) podrá solicitar al juez especializado en lo contencioso administrativo que levante el secreto de las comunicaciones para detectar conductas colusorias, algunos especialistas cuestionan que de esta manera se pueda acceder a comunicaciones privadas (correos electrónicos o mensajería electrónica) de empresarios y trabajadores que no sean necesarias para el caso investigado.

A fin de defender estas nuevas atribuciones, el Indecopi organizó una conferencia de prensa el pasado lunes. En ese marco, el presidente del Indecopi, Hebert Tassano, recordó que la institución ya contaba con la facultad de acceder a correos corporativos y que, cuando han hallado correspondencia de índole personal en esas cuentas electrónicas, esta es descartada de las investigaciones.

Sin embargo, sí reconoció que con esta nueva disposición, el Indecopi podrá ingresar a correspondencia personal comprendida por emails de uso privado e, incluso, conversaciones en redes sociales. “Hay un software para identificar correos en el plano corporativo. Para los correos privados que pueda tener una persona, ahí si se aplica la nueva regulación. Y es que no se puede luchar contra los cárteles desde el escritorio”, aseveró Tassano.

De otro lado, el funcionario rechazó las críticas ya formuladas por especialistas y señaló que la norma no viola el derecho a la privacidad, pues, incluso, se encuentra expresamente respaldada por la Constitución. «Los archivos que son privados pasarán por un procedimiento especial. No hay ninguna violación constitucional», enfatizó.

A su turno, José Antonio Tirado, gerente legal de la institución, señaló que el artículo 10 de la Constitución hace una precisión específica sobre la información que se encuentre en el marco de una investigación administrativa, permitiendo su acceso a través de una autorización judicial. «La protección al derecho de las comunicaciones está absolutamente garantizado», dijo.

Con relación al procedimiento que se califica como «especial» para iniciar la revisión de correos personales, Tirado solo refirió que «(el Indecopi) tendrá el apoyo de la autoridad pública correspondiente para el ejercicio de esas funciones si es que no hubiera colaboración por parte de los sujetos investigados».

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