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Procesos civiles demoran más de cuatro años de lo previsto por ley

Procesos civiles demoran más de cuatro años de lo previsto por ley

Los procesos de desalojo deberían durar cinco meses, pero en la realidad demoran 46 meses más, eso sin contar la etapa de ejecución. Los jueces demoran hasta 30 días en calificar una demanda, excediéndose hasta 15 veces el plazo de 48 horas fijado por las normas procesales. ¿Qué otros datos sobre la demora en los procesos judiciales trae el informe “La Justicia en el Perú. Cinco grandes problemas”? Acá te lo contamos.

Por Redacción Laley.pe

martes 15 de diciembre 2015

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El informe La Justicia en el Perú. Cinco grandes problemas revela que los juicios civiles en el país pueden superar en más de cuatro años el plazo legal establecido para ser resueltos. Esto, sin considerar la etapa de ejecución del fallo. Así, por ejemplo, los procesos de desalojo, que deberían durar cinco meses, en realidad demoran 46 meses más de lo previsto. Igualmente, los procesos de ejecución de garantías, que deberían durar cinco meses conforme a los plazos señalados en el Código Procesal Civil, en realidad concluyen 49 meses después.

La historia se repite en los procesos constitucionales, pues los hábeas corpus, que deben durar tan solo un mes y medio, en promedio requieren de un año y ocho meses para obtener una resolución definitiva. En los procesos penales la situación es similar: para el delito de corrupción de funcionarios, los procesos que deberían extenderse a diez meses como máximo, conforme establece el Código de Procedimientos Penales, duran unos cuatro años con seis meses. Además, para procesar los delitos de robo agravado y violación sexual se requiere de cuatro años y dos meses en promedio, cuando la duración prevista es de siete meses.

Otro dato relevante que señala dicho informe, elaborado por La Ley y Gaceta Jurídica, es que las demandas pueden tomar hasta 30 días en ser calificadas por los jueces, excediéndose hasta 15 veces del plazo de las 48 horas establecido por el artículo 153 del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

 El Estado sería el responsable de la demora

A través de una encuesta realizada por Gaceta Jurídica a un grupo representativo de abogados, se supo que el 38% de ellos consideró al Estado como el factor preponderante en la demora de los procesos, pues genera la mayor cantidad de carga procesal como demandante y demandado. De otro lado, el 27% de los encuestados indicó que la excesiva demora procesal se debe al retraso en el envío de notificaciones y cargos de recepción a las partes involucradas en los casos.

Un 12%, sin embargo, opinó que la alta rotación o cambio de jueces y suspensión de juzgados y tribunales sería la razón de la demora de los litigios. Otros motivos fueron: la ausencia de la mayoría de jueces durante horas de la tarde (9%), los actos dilatorios de los propios abogados (8%) y las huelgas en el Poder Judicial (6%).

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