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Keiko Fujimori: ¿por qué el JEE  no la excluyó de las elecciones?

Keiko Fujimori: ¿por qué el JEE no la excluyó de las elecciones?

Candidata presidencial de Fuerza Popular continúa en carrera luego de que el Jurado Electoral Especial Lima Centro 1 declarara infundado el pedido de exclusión en su contra por una presunta entrega de dinero a electores.

Por Redacción Laley.pe

jueves 24 de marzo 2016

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Se salvó. El Jurado Electoral Especial de Lima Centro 1 declaró infundada la solicitud de exclusión contra la candidata presidencial Keiko Fujimori tras concluir que esta no incurrió en falta en el caso «Factor K». Como se conoce, el 14 de febrero de este año, Fujimori participó de un concurso de talentos en el que se obsequió dinero en efectivo a los ganadores y que fue organizado por la mencionada asociación de jóvenes simpatizantes del partido Fuerza Popular.

De acuerdo a las pruebas documentadas e imágenes difundidas en diversos medios de comunicación, el evento habría tenido carácter proselitista y la candidata habría entregado el dinero de manera indirecta a través de los organizadores. Por ello, un grupo de ciudadanos interpuso el pedido de excluir a la postulante del proceso electoral alegando que hubo vulneración del artículo 42 de la Ley de Organizaciones Políticas, el cual prohíbe la entrega de dádivas o regalos en campaña.

¿Qué dijo el Jurado Electoral Especial?

No obstante, la autoridad electoral, en su Resolución N° 011-2016-JEE-LC1/JNE, publicada la madrugada del jueves 24 de marzo, desestimó los fundamentos de la solicitud, explicando que no existe una prueba idónea para sancionar a la candidata. Así, el Jurado Electoral Especial (JEE) tomó en cuenta el informe de la Dirección de Fiscalización del Jurado Nacional de Elecciones, que ya en su momento había señalado que era imposible determinar una infracción.

Contando con los medios probatorios, el JEE indicó en su fallo que la candidata no entregó ni directa ni indirectamente el dinero en cuestión, pues «asistió en calidad de invitada» y el acto no califica como proselitista por tratarse de una premiación, dando así razón a la defensa del partido. Además, se expone que, para la configuración del hecho prohibido en forma indirecta es necesario acreditar que el dinero provenga del patrimonio del candidato (concepto no hallado en la norma) y que exista además un intermediario.

Y, dado que para el Jurado la situación no cumple con estos supuestos, se descartó la pretensión, insistiendo en que el evento tenía tan solo la motivación de premiar a un grupo de concursantes. Asimismo, el Colegiado justificó este criterio al considerar que el dinero utilizado provino de Alberto Compujo Herbias y Marco Pichilingüe, quienes no se encuentran actualmente afiliados al partido de Keiko Fujimori.

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