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Voto 2016: conoce lo que debes y no debes hacer durante el proceso electoral

Voto 2016: conoce lo que debes y no debes hacer durante el proceso electoral

LaLey.pe te recuerda cuáles son los siete principales puntos que debes conocer para ejercer tu derecho al sufragio este domingo.

Por Redacción Laley.pe

domingo 5 de junio 2016

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¿Cuáles son tus derechos y qué puedes exigir durante el proceso electoral? ¿Qué restricciones existen? ¿Cómo debe ser tu actitud el día de las elecciones a fin de ejercer tu voto sin problemas? ¿Qué límites existen cuando infringes la ‘ley seca’? Aquí te contamos.

1. Puedes votar con DNI caduco

Si no renovaste tu DNI a tiempo, no tendrás problemas ni serás impedido de ejercer tu voto. Así lo confirmó el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) mediante una resolución jefatural publicada este viernes que prorroga la vigencia de los documentos de identidad vencidos hasta el 10 de abril.

Sin embargo, debes recordar que tu DNI, aunque caduco, debe encontrarse en buen estado, pues la foto o firma visibles sirven para identificarte a través de este documento. De no estar en buenas condiciones y dificultar así tu identificación, no podrás votar.

2. No pueden impedirte el voto por haber bebido alcohol

Si bien la llamada ‘Ley Seca’ restringe la venta y compra de bebidas alcohólicas desde el día anterior hasta el día posterior a las elecciones, nada garantiza que el consumo no se produzca durante las horas de prohibición. Evidenciar que has bebido no justifica que te impidan el voto, a menos que violes el artículo 354 del Código Penal mediante actitudes que perturben o interrumpan el desarrollo del proceso electoral. Solo en ese caso, tu estado etílico podría llevarte a prisión con una condena de tres a diez años.

3. Puedes votar aunque incumplas con tu deber de miembro de mesa

Como se conoce, incumplir al cargo de miembro de mesa es sancionado con una multa  de S/197.5, correspondiente al 5% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT). No obstante, esto no perjudica el derecho al voto, por lo que ningún miembro de la mesa a la que debiste incorporarte o autoridad presente puede adoptar medidas para impedirte participar de las elecciones.  

4. Nadie puede confiscar tu DNI

La retención o confiscación del DNI corresponde al delito de obstaculización del derecho de sufragio, sancionado por el artículo 355 del Código Penal. De modo que ningún ciudadano o autoridad puede quitarte el documento. Caso contrario, esta persona podría afrontar una condena de uno a cuatro años de prisión.

5. Solo pueden arrestarte en caso de delito flagrante

De acuerdo con el artículo 343 de la Ley Orgánica de Elecciones, ninguna autoridad puede detenerte el día de las elecciones ni dentro de las 24 horas anteriores.  La única excepción por la que sí es posible que te reduzcan a prisión es que cometas un delito en flagrancia. Esta advertencia se extiende a delitos electorales que se cometan en la misma sede del proceso electoral, por lo que debes tomar en cuenta las conductas ilícitas comprendidas además en el Código Penal.

6. No podrás publicitar al candidato de tu preferencia

Las autoridades presentes en tu lugar de votación están facultadas para ordenar tu detención si haces publicidad de tu candidato favorito. Esto establece el artículo 358 del Código Penal, sancionando con hasta un año de cárcel o 20 a 30 jornadas de servicio comunitario a quien lo infrinja. Así, aunque nadie pueda impedirte que votes, usar prendas alusivas al postulante de tu elección podría generarte problemas penales.

7. Puedes exigir un trato preferencial si tienes alguna discapacidad

Las personas que se encuentren limitadas físicamente, incluyendo personas de la tercera edad con males notorios, mujeres en delicado estado de gestación y personas con discapacidad física, mental o sensorial tienen derecho a exigir un trato preferencial en su lugar de votación.

Tanto el artículo 263 de la Ley Orgánica de Elecciones como la Resolución Jefatural Nº 341-2002-J-ONPE establecen que la Oficina Nacional de Procesos Electorales se encuentra obligada a garantizar las facilidades necesarias a personas con las condiciones antes mencionadas a fin de que ejerzan su voto sin problemas. Estas facilidades están relacionadas al acceso y salida del lugar de votación así como apoyo especial para dirigirse a la cámara secreta.

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