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Cinco datos que debes saber sobre la ley que libera los aportes a las AFP

Cinco datos que debes saber sobre la ley que libera los aportes a las AFP

Luego de una semana de haber sido aprobada por insistencia en el Congreso, la iniciativa que permite la libre disponibilidad del 95.5% de los fondos pensionarios en el sistema privado fue finalmente publicada en el diario oficial.

Por Redacción Laley.pe

jueves 21 de abril 2016

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A partir de este viernes 22 de abril, los ciudadanos afiliados al Sistema Privado de Pensiones (SPP) que cumplan 65 años podrán disponer de hasta el 95.5% de los aportes depositados a las AFP durante toda su vida laboral. Así lo autoriza la Ley Nº 30425, que modifica el Texto Único Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, publicada hoy en el diario oficial El Peruano. Aquí te explicamos cinco datos a tomar en cuenta sobre la norma.

1. La ley podrá aplicarse sin necesidad de un reglamento y solo para los aportantes que estén por cumplir los 65 años. Aquellos afiliados que ya habían accedido al régimen de jubilación antes de publicada la norma no podrán acceder a este beneficio. Asimismo, solicitar la devolución de los aportes significará la renuncia implícita al acceso de garantías estatales posteriores.

2. Se podrá solicitar la devolución de hasta el 95.5% de los aportes que fueron destinados a las AFP. El 4.5% restante se mantendrá en la Cuenta Individual de Capitalización (CIC) de cada afiliado para cubrir su atención en el Seguro Social de Salud (EsSalud).

3. El texto de la ley ordena también la imprescriptibilidad de toda pretensión que busque recuperar los aportes descontados por los empleadores sin el depósito oportuno a las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP).

4. Por otro lado y de manera excepcional, la norma permite que cualquier afiliado, sin importar su edad, utilice hasta el 25% de sus ahorros como garantía para la cuota inicial de un crédito hipotecario en caso desee comprar una primera vivienda. 

5. La nueva disposición además prorroga el plazo para acceder al régimen especial de jubilación anticipada hasta el 31 de diciembre de 2018. Además, la jubilación anticipada también procederá en caso de enfermedad terminal o diagnóstico de cáncer que reduzca la expectativa de vida, con lo que el afiliado podrá solicitar la devolución de hasta el 50% de sus aportes.

Bonus: La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) adelantó que el próximo martes 26 de abril  publicará una resolución de procedimiento operativo en donde se detallará los pasos a seguir para aquellos aportantes que decidan retirar sus ahorros acumulados. Sin embargo, la norma se aplicará desde el viernes 22 e independientemente de protocolos adicionales.

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