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Editorial: Nuevo Código Penal generaría una grave crisis legal en el país

Editorial: Nuevo Código Penal generaría una grave crisis legal en el país

A puertas del debate en el Pleno del Congreso, detallamos las incoherencias detectadas en el proyecto de nuevo Código Penal. De aprobarse la iniciativa, lo más probable es que su inviabilidad obligue a la próxima legislatura a volver al Código Penal vigente o reformar nuevamente el ya propuesto, con lo que tendríamos tres Códigos diferentes en tan solo unos meses.

Por Redacción Laley.pe

jueves 19 de mayo 2016

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Lo mínimo que puede exigirse de una norma es coherencia y consistencia. Y si en algo destaca el proyecto de nuevo Código Penal es en la falta de estos estándares mínimos. Esta carencia no solo se revela en su estructura deficiente, sino también en el texto de los tipos penales que se pretende regular.

De hecho, no sería difícil imaginar que, una vez aprobado el proyecto de Código Penal, sus errores obliguen a la próxima legislatura a reformular y seguir «parchando» su redacción o, en todo caso, a volver al formato del Código Penal vigente. Solo considerando esta posibilidad, estaríamos ante tres Códigos Penales diferentes que se irían imponiendo con el pasar de los primeros meses del nuevo gobierno.

Tan solo por citar algunas de estas incoherencias, no existe explicación sobre el porqué se propone reducir la pena en delitos tan graves como la afiliación a una organización terrorista o el financiamiento de actividades terroristas. Tampoco se logra comprender la razón por la que el proyecto da un tratamiento más beneficioso a los cabecillas de organizaciones de tráfico ilícito de drogas. Mucho menos claro es el motivo por el que se pretende sancionar la conspiración en cualquier delito sin tomar en cuenta que ya existen figuras delictivas que en sí mismas consisten en una conspiración.

Asimismo, y de manera totalmente extraña, la iniciativa sanciona más severamente el abandono de un animal doméstico o silvestre que el abandono de un niño o persona declarada como incapaz. En esa misma línea de contradicciones, se sancionan más gravemente los delitos de sicariato y feminicidio que los delitos de genocidio y exterminio.

Como si no fuera suficiente, de aprobarse este nuevo Código Penal, también se incrementarían las sanciones para los delitos de aborto y se impondría la pena de prestación de servicios comunitarios a la comunidad a la mujer que interrumpe su embarazo cuando es producto de una violación sexual.

De otro lado, el proyecto sugiere elevar las penas para los delitos de difamación, abriendo así la posibilidad de penas efectivas. Además, se propone suprimir los delitos de corrupción en el sector privado (comprendidos en las versiones anteriores del proyecto).

Esto, sin contar que algunos delitos electorales regulados tanto en el Código Penal vigente como en la Ley Orgánica de Elecciones serían eliminados. También se suprimirían los delitos de usurpación agravada por abuso de la función notarial y el de otorgamiento ilegítimo de derechos sobre inmuebles, dejando así impunes las conductas de los notarios más inescrupulosos.

Al mismo tiempo, casos de violencia y resistencia a la autoridad como los vistos en los últimos meses seguirían recibiendo penas altísimas, pues el proyecto no corrige la desproporcionalidad de las penas en ninguno de esos delitos.

Por último, se pretende reformar el CP sin tomar en cuenta las repercusiones que ello generará en otros textos normativos. Así, por ejemplo, el Código de Ejecución menciona una serie de artículos del CP donde se restringen los beneficios penitenciarios, en función a su gravedad. Si el proyecto del nuevo CP modifica inopinadamente la numeración de artículos del CP, se generaría un caos normativo, pues no se sabría qué beneficios penitenciarios le corresponde a cada delito, lo que podría ser aprovechado por los condenados por delitos graves para lograr su excarcelación.

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