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Oficializan búsqueda de desaparecidos durante el conflicto armado interno

Oficializan búsqueda de desaparecidos durante el conflicto armado interno

El Ejecutivo promulgó la norma que promueve y prioriza la búsqueda de personas cuyo rastro se perdió en el contexto de violencia entre los años 1980 y 2000. Las víctimas de desaparición serían unas 16 mil.

Por Ana Bazo Reisman

miércoles 22 de junio 2016

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Los deudos de las personas que desaparecieron durante el conflicto armado interno en el Perú tendrán la oportunidad de conocer la verdad sobre sus familiares. Así lo ordena la Ley Nº 30470, Ley de Búsqueda de Personas Desaparecidas durante el Período de Violencia 1980-2000, promulgada por el Ejecutivo y publicada este miércoles 22 de junio de 2016 en el diario oficial El Peruano.

La norma reconoce los derechos de las víctimas de desaparición forzada y de los familiares que, tras años de incertidumbre, continúan sin recibir información de lo ocurrido. Según lo establecido por el dispositivo legal, el Estado tendrá la obligación de dar a conocer “la verdad sobre las circunstancias de la desaparición, la situación de la persona desaparecida, incluido su paradero, o, en caso de fallecimiento, las circunstancias de su muerte y el lugar de inhumación”.

Asimismo, se garantiza el procedimiento eficaz e imparcial de la investigación y que el acceso a este sistema no perjudicará la inscripción de los deudos a programas sociales, de asistencia o reparación.

Por tanto, se fija como responsabilidad del Ministerio de Justicia, la implementación y ejecución de un Plan Nacional de Búsqueda, además de la administración de un Registro Nacional de Personas Desaparecidas y Sitios de Entierro, y el servicio de acompañamiento psicosocial, material y logístico en favor de los familiares, entre otras tareas.

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Registro y protección para las víctimas

El nuevo sistema de registro contendrá información clave que permita la individualización de los desaparecidos, la identificación de los hechos indiciarios, datos de los familiares y los resultados de las investigaciones ya realizadas por entidades públicas o privadas. De otro lado, el registro será también utilizado para documentar el lugar de entierro y la fecha de entrega de los restos humanos que hayan sido encontrados.

Los sitios de entierro serán protegidos por el Ministerio de Justicia en coordinación con otras autoridades competentes y contarán con información registrada en lengua local. Otra disposición importante es que las exhumaciones y demás diligencias asociadas al entierro se realizarán bajo el principio del “diálogo intercultural, reconociendo y respetando las prácticas culturales de la población originaria local”.

El dato: Es preciso recordar que, en 2011, el Comité Internacional de la Cruz Roja calculó que el número de desaparecidos durante el conflicto armado interno en Perú bordea los 16 mil. Esta cifra superó la alcanzada en 2003 por la Comisión de la Verdad y Reconciliación, que informó sobre 8 mil 558.

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