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Tribunal Fiscal precisa cuándo cesa el régimen especial de fraccionamiento tributario [LEA EL PRECEDENTE]

Tribunal Fiscal precisa cuándo cesa el régimen especial de fraccionamiento tributario [LEA EL PRECEDENTE]

Se ha publicado un nuevo precedente de observancia obligatoria en materia tributaria. Este establece el momento exacto en que cesa el régimen especial de fraccionamiento tributario cuando el contribuyente deja de pagar una o más cuotas. Conoce más en la nota.

Por Redacción Laley.pe

martes 29 de mayo 2018

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La vigencia del fraccionamiento regulado por la Ley que estableció el Régimen Especial de Fraccionamiento Tributario (REFT), Ley N° 27344, cesa cuando la Administración notifique el o los valores que correspondan a la totalidad de la deuda vencida e impaga, por adeudarse dos o más cuotas vencidas, dándose en ese momento por vencidos todos los plazos.

Así lo establece el precedente de observancia obligatoria aprobado mediante Resolución del Tribunal Fiscal N° 3568-5-2018, publicada el sábado 26 de mayo de 2018 en el diario oficial El Peruano.

En su resolución, el Tribunal precisó que si dichos valores no son notificados conforme a ley ni se produce su notificación tácita, se mantendrá la suspensión del cómputo del plazo de prescripción hasta la fecha de vencimiento de la última cuota. Esto es así porque recién en dicho momento culminará el plazo de la facilidad de pago otorgada al administrado, el que implicaba a su vez que la Administración no pudiese hacer cobro del íntegro de la deuda, con lo que se evidencia que el fin de la suspensión del plazo de prescripción no dependía de la voluntad de cobro de la Administración.

Ud. puede descargar este precedente aquí o navegar en nuestro archivo Scribd:

Res. N° 03568-5-2018-TF by La Ley on Scribd

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