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Nulidad de sucesión intestada: ¿basta con verificar que solicitante conocía la existencia de otro heredero?

Nulidad de sucesión intestada: ¿basta con verificar que solicitante conocía la existencia de otro heredero?

Para conseguir la nulidad de la declaración de sucesión intestada, ¿basta con que se compruebe que quien se declaró como heredero conocía de la existencia de otro hijo del causante? ¿Qué otras circunstancias debe evaluar el juez para determinar que la sucesión intestada es nula? Conoce lo que acaba de decir la Corte Suprema.

Por Redacción Laley.pe

lunes 11 de junio 2018

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Se infringe el deber de motivación y el respeto al derecho a la prueba si, para determinar la nulidad de una sucesión intestada, el juez únicamente se limita a verificar que el demandado, a sabiendas de que el demandante tenía la condición de heredero forzoso del causante en su condición de hijo, acudió a un notario a tramitar la sucesión intestada haciéndose declarar heredero universal. Esto es, sin que el juez valore los documentos que demostrarían la falta de entroncamiento familiar entre el demandante y el causante.

Así lo acaba de establecer la Sala Civil Transitoria de la Corte Suprema al resolver la Casación Nº 3255-2016-Apurímac, publicada el 2 de mayo del 2018 en el diario oficial El Peruano.

VEA TAMBIÉN: ¿Puede el juez declarar de oficio la nulidad de un matrimonio?

Repasemos los hechos. Una persona solicitó la nulidad de un acto de sucesión intestada y de su respectivo asiento registral. Alegó que tenía la condición de hijo del causante, sin embargo, cuando estaba tramitando su proceso judicial de declaratoria de herederos, tomó conocimiento que su tío (hermano del causante), a pesar de conocer sobre su existencia, procedió fraudulentamente a declararse notarialmente como único heredero universal.

Realizado el emplazamiento, el demandado solicitó que la pretensión sea declarada infundada, pues afirmó que era inválida la partida de nacimiento adjuntada por el demandante como medio de prueba de su entroncamiento familiar con el causante.

En primera y en segunda instancia se declaró fundada la demanda y nula la declaración notarial de sucesión intestada. Los jueces sostuvieron que, de la partida de nacimiento, así como de la copia certificada de la Resolución Registral Nº 035-2011-ORECMDS-AAM, se llegó a apreciar que el demandante sí es hijo del causante y, por consiguiente, su heredero forzoso. En tal sentido, se llegó a la conclusión que fue ilgela el proceder del demandado, al tramitar notarialmente una sucesión intestada a su favor, pues procedió a ello sabiendo que otro tenía un mejor derecho para ser declarado heredero universal del causante.

En sede de casación, la Corte Suprema amparó el recurso y nulificó la sentencia de segunda instancia. La Corte indicó que es deber de todos los jueces motivar adecuadamente sus fallos, lo que incluye una valoración total y adecuada de los medios probatorios ofrecidos por las partes, tal como lo señalan los artículos 188 y 197 del Código Procesal Civil.

Así, en el caso concreto, la Sala Suprema refirió que el colegiado superior infringió los deberes anotados, pues únicamente se limitaron a determinar que el acto era nulo por cuanto el demandado, a sabiendas que el demandante tenía la condición de heredero forzoso del causante en su condición de hijo, acudió a un notario a tramitar la sucesión intestada haciéndose declarar heredero universal; mas no valoraron los documentos adjuntados al recurso de apelación. Esto es, no merituaron la sentencia que declaraba fundada la demanda sobre nulidad del acta de nacimiento del demandante, lo cual resultaba relevante para el proceso, pues en él se habría declarado la nulidad del documento con el que el demandante pretende acreditar su entroncamiento familiar y sustentar la pretensión materia del proceso.

Ud. puede acceder a la casación aquí o navegar en nuestro archivo Scribd:

Cas. 3255 2016 Apurímac by La Ley on Scribd

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