Martes 16 de abril de 2024 | Suscríbete al Newsletter de La Ley

Poder Judicial falla contra el portal católico ACI Prensa por publicar artículos agraviantes

Poder Judicial falla contra el portal católico ACI Prensa por publicar artículos agraviantes

El Poder Judicial le ha dado la razón a la ONG Promsex en la demanda interpuesta contra la web católica ACI Prensa, la cual deberá rectificar la información que atentaba contra el honor de la organización que defiende los derechos humanos.

Por Redacción Laley.pe

miércoles 4 de julio 2018

Loading

[Img #20216]

El Segundo Juzgado Constitucional del Lima falló a favor de la ONG Promsex en la demanda de amparo contra la agencia católica de noticias ACI Prensa, luego de que publicara artículos agraviantes en contra de la organización que promueve y defiende los derechos sexuales y reproductivos.

Como parte del fallo, el juzgado ordena a ACI Prensa rectificar los artículos en contra de Promsex, además de retirarlos de su portal tras determinar que «las frases antes señaladas constituyen una afectación absoluta al derecho al honor y a la buena reputación de la parte accionante (Promsex), toda vez que no se podían expresar la mismas sin contar con los elementos probatorios».

VEA TAMBIÉN: Quitando a Dios de la participación política: cuando la discriminación se viste de laicidad

Vale precisar que la demanda interpuesta por Promsex obedece a tres artículos publicados en la web de ACI Prensa en el 2015:

– “Planned Parenthood invirtió 3 millones de dólares para promover el aborto en Perú” (23 de julio de 2015).

– “Los corsarios del aborto”, en la que se atribuye a Promsex, entre otros, calificativos el de “promotores del desmembramiento de niños” (7 de agosto del 2015).

– “Lobby del aborto en Perú intenta ocultar vínculo con Planned Parenthood” (7 de agosto del 2015).

Finalmente, el juzgado dispone que ACI Prensa también tiene prohibido incurrir en actos similares que atenten contra el honor de la ONG, bajo apercibimiento de imponerse las medidas correspondientes previstas por el artículo 59 del Código Procesal Constitucional.

Ud. puede acceder desde aquí a la referida sentencia o puede visualizarla a través de nuestro archivo Scribd.

SentenciaAciPrensa by La Ley on Scribd

NEWSLETTER DE LA LEY.PE

NOTICIAS RELACIONADAS