Llama la atención que el Colegio de Notarios haya presentado una demanda de acción popular contra el D.S. 006-2013-JUS. Esta norma obliga a los notarios a utilizar exclusivamente el sistema de identificación biométrica para constatar la identidad de quienes se presentan a su despacho para transferir inmuebles, pese a que el art. 55 de la Ley del Notariado los faculta a utilizar otros mecanismos (imágenes, testigos y otros documentos). Pero, ¿no será acaso que el uso de estos “otros mecanismos” ha permitido que existan muchas suplantaciones y falsificaciones en la venta de terrenos? La vista de la causa fue hace un mes ante la 6ta. Sala Civil de Lima. Queda pendiente que la sentencia determine la legalidad o no del sistema de verificación biométrica.