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Tribunal no acepta información de Facebook como prueba

Tribunal no acepta información de Facebook como prueba

Las redes sociales se han convertido en una plataforma donde frecuentemente ingresamos información privada. Un esposo en trámite de divorcio no dudó en usar esta información para sustentar sus acusaciones de maltrato

Por Redacción Laley.pe

sábado 1 de marzo 2014

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En Argentina, la sala H de la Cámara Civil rechazó como pruebas datos que un hombre había obtenido del Facebook de su ex esposa para demostrar que ella lo ofendía.

Incluso, por la forma como se obtuvo esta información, los magistrados consideraron que se vulneró la privacidad de la mujer, pues fueron obtenidos ilegalmente a los fines probatorios. Y en cuanto a las fotos, tampoco constituyen agraviantes. 
“Simplemente son fotos donde aparece contenta y pasando buenos momentos, sin dar razones algunas para que el reclamante se sienta injuriado. No se puede pretender que quien se encuentra tramitando su divorcio tenga que limitar sus actividades recreativas y sociales, sumando una dificultad más al doloroso momento que ya le toca atravesar”, adujeron los jueces.
Para los magistrados constituyen injurias graves: «…insultos, actitudes que muestran desconsideración y desprecio provocando continuos incidentes y humillaciones ante miembros de la familia o frente a extraños y amigos: reacciones violentas, como altercados que no guardan relación con la conducta de uno de los esposos, etcétera» como así también «el incumplimiento de los deberes de asistencia que impone el matrimonio». 
Fuente: derechoinformaticoynuevastecnologias.blogspot.com

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