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Editorial: Improvisación no puede ser la base de un nuevo Código Penal

Editorial: Improvisación no puede ser la base de un nuevo Código Penal

Desde LaLey.pe, explicamos las razones por las que el proyecto de nuevo Código Penal no debería obtener respaldo en el Pleno del Congreso de la República.

Por Redacción Laley.pe

martes 17 de mayo 2016

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El próximo jueves 19 de mayo, el Pleno del Congreso debatirá, nuevamente, el proyecto que propone reformar el marco penal del país.

Ya distintos especialistas y miembros del propio Parlamento han expresado sus críticas respecto de esta iniciativa, considerando que su aprobación sería perniciosa para la aplicación del Derecho Penal. Sobre el contexto en el que se discute y el contenido mismo de la propuesta legislativa ya mencionada, LaLey.pe advierte -en esta primera entrega- cinco puntos negativos:

1. El proyecto de nuevo Código Penal que se pretende aprobar en el Congreso de la República no ha sido objeto de un adecuado debate con la participación de especialistas en Derecho Penal, así como de representantes de las instituciones vinculadas al sistema penal y de todos los sectores de la sociedad. Esto se revela en la carencia de principios que sustenten un modelo coherente de Código Penal, debido a que estos no se han planteado ni discutido, por lo que no existen las bases del modelo a seguir ni la orientación político-criminal que debe inspirar la reforma.

 

2. De ahí que el proyecto se haya limitado a replicar el modelo del Código Penal de 1991, asumido por el legislador de ese entonces en un contexto muy diferente al actual, y sin haberse analizado debidamente si dicho modelo fue apropiado en su hora y si puede serlo para estos tiempos. En cualquier caso, las más de 650 modificaciones que ha sufrido el actual Código Penal a lo largo de su articulado son reveladoras de la necesidad de un cambio de modelo y no de simples enmendaduras o de la aprobación de un texto normativo refundido que lo único que generará es confusión.

 

3. La manera cómo se pretende aprobar un nuevo Código Penal es absolutamente improvisada y poco profesional. Esta afirmación se sustenta en el hecho de que el proyecto en cuestión ha sido elaborado sin tener a la vista información oficial del Ministerio Público sobre los índices de criminalidad y los problemas de aplicación de la legislación vigente, en relación a la función que cumple este órgano estatal en la persecución del delito, principalmente en el caso de los delitos más recurrentes y más gravosos.

 

4. En esta misma línea, tampoco se ha tenido a la vista información oficial del Poder Judicial sobre el desarrollo y evolución de la jurisprudencia penal, que permita conocer cómo se han resuelto los procesos penales por los delitos tipificados en el Código Penal, y si esta regulación está siendo o no eficaz, en los hechos, para combatir la delincuencia en nuestro país.

5. En cualquier caso esta información es fundamental para conocer los defectos y virtudes de la legislación penal y, consecuentemente, para poder plantear una reforma seria, basada en la experiencia real del sistema penal actual. Asimismo, para la elaboración del proyecto tampoco consta que se hayan tomado en cuenta estudios criminológicos, ni la opinión de la doctrina científica ni de las instituciones vinculadas al sistema penal, como el Ministerio de Justicia, el Instituto Nacional Penitenciario o los Colegios de Abogados.

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