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Terrorismo urbano: conoce el proyecto que propone incorporar este delito

Terrorismo urbano: conoce el proyecto que propone incorporar este delito

Congreso evalúa una iniciativa que sancionaría hasta con cadena perpetua el uso de explosivos como medio para infundir zozobra, alarma o temor en la población.

Por Redacción Laley.pe

domingo 13 de septiembre 2015

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A raíz de los continuos hallazgos de granadas utilizadas con fines extorsivos en distintos puntos de la capital, el Congreso ya plantea incorporar al Código Penal el delito de Terrorismo Urbano. De ser aprobada la propuesta, se agravarían las penas para los delitos de tenencia ilegal de armas y de extorsión.

Así, se establecería como delito de terrorismo urbano todo acto que –mediante el uso de artefactos explosivos industriales o artesanales– provoque zozobra, alarma o temor a la ciudadanía. Esto, sin que interese la finalidad o motivación del agente, quien recibiría pena de cárcel no menor de 30 años.  

Hasta cadena perpetua

De cometer el delito contra centros educativos o locales públicos donde circulen grandes grupos de personas, el agente sería castigado con pena privativa de la libertad por no menos de 35 años.

Si como producto de una eventual explosión del artefacto o del intento de desactivación del mismo, se lesione gravemente o se cause la muerte de una o más personas, la condena prevista es de cadena perpetua.

Cambios en el Código Penal

El proyecto prevé modificar tres artículos. Así, al delito de extorsión que se encuentra definido en el artículo 200 se le suprimiría el uso de artefactos explosivos para cometidos extorsivos.

De este modo, en el artículo 279 sobre la fabricación, suministro o tenencia de materiales peligrosos la pena contemplada sería no menor de diez ni mayor de 20 años.

Por su parte, en el artículo 279-A, que comprende la producción, desarrollo y comercialización ilegal de armas, se incluiría como elementos las granadas y se impondría una pena no menor de 15 ni mayor de 25 años. Cabe señalar también que el castigo sería no menor de 25 ni mayor de 35 cuando del empleo de las armas previstas (incluyendo las granadas) se cause lesiones graves o muerte de personas.

Proyecto de Ley que tipifica el delito de terrorismo urbano

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