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Notificación electrónica en juzgados comerciales de Lima inicia el 23 de noviembre

Notificación electrónica en juzgados comerciales de Lima inicia el 23 de noviembre

La Corte Superior de Lima ha dispuesto implementar, en menos de dos semanas, el Sistema de Notificaciones Electrónicas en todos los órganos judiciales de la subespecialidad comercial. ¿Qué deben hacer los abogados para adaptarse a este cambio? Entérate aquí.

Por Redacción Laley.pe

viernes 13 de noviembre 2015

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Ya hay fecha definida para el inicio de la notificación electrónica en los juzgados y salas comerciales: el lunes 23 de noviembre de 2015. Desde aquel día funcionará el Sistema de Notificaciones Electrónicas (SINOE) en los órganos judiciales de dicha subespecialidad del Distrito Judicial de Lima.

Por ello, los jueces de dicha especialidad deberán exigir a los abogados de las partes o terceros intervinientes, el señalamiento de domicilio procesal electrónico, tanto para las demandas nuevas como para los procesos en trámite o ejecución.

Asimismo, se dispone que el Servicio de Notificaciones U.E. Lima brindará gratuitamente el servicio de casillas electrónicas a los abogados que lo soliciten. Estas medidas buscan que las notificaciones de las resoluciones judiciales lleguen a sus destinatarios en forma segura y célere, lo cual se espera optimizará el servicio de administración de Justicia.

Así lo ha dispuesto la Resolución Administrativa N° 646-2015-P-CSJLI/PJ, publicada hoy en el diario oficial El Peruano.

Cabe recordar que el artículo 157 del Código Procesal Civil, modificado por la Ley N° 30229, establece que la notificación de las resoluciones judiciales, en todas las instancias, se debe realizar por vía electrónica a través de casillas electrónicas implementadas, de conformidad con lo establecido en TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial, con las excepciones allí establecidas.

Asimismo, el artículo 424 del referido código preceptúa que: “La demanda se presenta por escrito y contendrá: (…) 2. El nombre, datos de identidad, dirección domiciliaria, domicilio procesal del demandante y el domicilio procesal electrónico, constituido por la casilla electrónica asignada por el Poder Judicial de acuerdo a la Ley N° 30229 (…)”.

En atención a  estas disposiciones, mediante la Resolución Administrativa N° 069-2015-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprobó la programación de actividades para la ejecución del Proyecto denominado “Implementación del Sistema de Notificaciones Electrónicas en el ámbito nacional y en todas las especialidades”. Igualmente, mediante la Resolución Administrativa N° 234-2015-CE-PJ se dispuso la ejecución de la tercera etapa de la implementación del SINOE, incluyéndose dentro de la misma al Distrito Judicial de Lima.

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