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Sistema de Consulta Informática permitirá determinar procedencia del principio de oportunidad

Sistema de Consulta Informática permitirá determinar procedencia del principio de oportunidad

El mecanismo será una herramienta importante para la implementación adecuada de las políticas públicas contra la criminalidad establecidas por el Estado.

Por Redacción Laley.pe

viernes 28 de febrero 2014

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Se creó el Sistema de Consulta Informática sobre la aplicación del principio de oportunidad o acuerdo reparatorio. Su implementación tiene como objetivo que los órganos jurisdiccionales del país tengan conocimiento del uso de dichos mecanismos de simplificación procesal, con el nombre del favorecido y el delito materia de proceso. 
Así, mediante el módulo de consultas, se generarán reportes por datos específicos de los imputados, lo que permitirá determinar la procedencia o no de la aplicación del principio de oportunidad o acuerdo reparatorio por parte de jueces y fiscales. El mecanismo será una herramienta informática de vital importancia para la implementación adecuada de las políticas públicas contra la criminalidad establecidas por el Estado.
Según la Resolución Administrativa Nº 024-2014-CE-PJ, publicada en el diario oficial El Peruano el 28 de febrero de 2014, la Gerencia de Informática de la Gerencia General del Poder Judicial estará a cargo de efectuar las acciones correspondientes para su ejecución. 
Cabe señalar que el principio de oportunidad, y, en su caso, el acuerdo reparatorio, consiste en la abstención facultativa y discrecional por parte del Ministerio Público del ejercicio de la acción penal o con la petición al juez del sobreseimiento del proceso ya promovido en delitos de mínima lesividad y que no comprometan gravemente el interés público o en los casos taxativamente previstos en la ley, conforme a lo dispuesto por el artículo 2 del Código Procesal Penal.
 Mediante la Ley N° 30076, se incluyó en dicho dispositivo el numeral 9, por el cual se establece diversas causales de improcedencia, tanto de la aplicación del principio de oportunidad como de los acuerdos reparatorios, entre otras disposiciones. Una de estas es por haberse aplicado o celebrado con anterioridad y con la misma persona dichos mecanismos de simplificación procesal, según los detalles que en la misma se establecen.

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