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Pleno del Congreso aprobó, por unanimidad, texto sustitutorio del Proyecto de Ley Nº 5706/2020-CR, el cual establece la modificación del plazo de inscripción de personas naturales o jurídicas del segmento de la pequeña minería y minería artesanal en el Registro Integral de Formalización Minera (Reinfo).
El plazo de inscripción al Reinfo se aplica para aquellas personas naturales o jurídicas que se encuentren desarrollando actividades de explotación o beneficio en el segmento de pequeña minería y minería artesanal. La modificación del plazo se aplica de manera excepcional por 120 días hábiles y, asimismo, establece que el nuevo plazo se calcula desde la fecha de vencimiento del plazo inicial.
La ampliación fue establecida tomando en cuenta la declaratoria del estado de emergencia nacional, que concluía el 7 de julio del 2020. No obstante, dicho plazo fue extendido hasta el 23 de setiembre del mismo año. En dicho plazo ya no pudieron inscribirse los pequeños mineros y mineros artesanales a través de la plataforma virtual de la Sunat por diversos problemas.
Cabe destacar que el procedimiento de formalización minera integral no es la única vía de formalización actual, ya que también se puede optar por el procedimiento regular establecido en la Ley 27651, según el Ministerio de Energía y Minas. Sin embargo, la comisión explicó que para aplicar a dicho procedimiento el pequeño minero y minero artesanal tendría que paralizar sus actividades, debido a que uno de los requerimientos es cumplir con la obtención de todos los requisitos como la certificación ambiental expedida por la Dirección General de Asuntos Ambientales y las autorizaciones dispuestas en el marco normativo de la actividad minera.
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