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La inconstitucional vacancia del Presidente del Perú Martín Vizcarra

La inconstitucional vacancia del Presidente del Perú Martín Vizcarra

César Landa: «El Tribunal Constitucional tiene por resolver una demanda competencial que presentó el Poder Ejecutivo contra el Congreso por el uso abusivo de la causal de la vacancia presidencial por incapacidad moral»

Por Redacción Laley.pe

miércoles 11 de noviembre 2020

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Próximamente disponible en Gaceta Constitucional y Procesal Constitucional N°155

 

César Landa, expresidente del Tribunal Constitucional, se pronuncia sobre la vacancia presidencial acaecida el 09 de noviembre en contra de Martín Vizcarra.

Así enfatiza en que la declaratoria de vacancia por incapacidad moral permanente habría sido utilizada abusivamente y como una vía fraudulenta a la prohibición constitucional de que el Presidente de la República solo pueda ser acusado y destituido durante su mandato de acuerdo a las causales contenidas en el artículo 117 de la Constitución Política.

«La democracia es el pilar sobre el que descansa el Estado Constitucional de Derecho; el mismo que tiene por finalidad la protección de los derechos fundamentales y el control del poder. No obstante, el modelo democrático semi-presidencial de gobierno de la Constitución peruana se viene desarrollando en una fuerte tensión entre la oposición parlamentaria y el Presidente de la República; lo cual explica -pero no justifica– la declaración de la vacancia del Presidente Martín Vizcarra el 9 de noviembre, por una supuesta causal de incapacidad moral por investigaciones en curso en la fiscalía; porque se la usa como una vía fraudulenta a la prohibición constitucional de que el Presidente de la República solo puede ser acusado y destituido durante su mandato, por cuatro causales, debido a que no tiene una mayoría parlamentaria que lo respalde», señala César Landa, constitucionalista y expresidente del TC.

 

Asimismo, Landa ha comentado que el Tribunal Constitucional debe resolver la demanda competencial presentada por el Poder Ejecutivo contra el Congreso «por el uso abusivo de la causal de la vacancia presidencial por incapacidad moral».

Así también añade que «de mucha ayuda hubiera sido que se hubiera pronunciado [el Tribunal Constitucional] en abstracto –en todo caso- sobre las condiciones mínimas para una vacancia presidencial por incapacidad moral», tras el rechazo a la medida cautelar que tenía como fin «paralizar el primer intento de vacancia». Esta medida fue rechazada por no existir el número de votos necesarios.

Lo invitamos a leer el artículo completo en la próxima edición de la revista Gaceta Constitucional & Procesal Constitucional N°155 de Gaceta Jurídica. Del mismo modo, puede ingresar a mayor contenido de doctrina constitucional AQUÍ.


*Expresidente del Tribunal Constitucional, catedrático de la Pontificia Universidad Católica del Perú y la Universidad Mayor de San Marcos.

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