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Buscan garantizar el acceso universal y gratuito a productos de gestión menstrual

Buscan garantizar el acceso universal y gratuito a productos de gestión menstrual

Congreso de la República aprobó Proyecto de Ley que demanda la suministración de productos de higiene menstrual a todas las mujeres que los soliciten en establecimientos públicos de salud, instituciones educativas, albergues y centros penitenciarios. Mayor detalle en la presente nota.

Por Redacción Laley.pe

miércoles 10 de marzo 2021

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Congreso aprobó este 8 de marzo de 2021 la Ley que promueve el acceso universal y gratuito de productos de higiene menstrual para niñas, adolescentes y mujeres vulnerables. Mayor desarrollo de la noticia en la parte inferior.

NOTA ANTERIOR (20/01/2021)

La comisión de Salud y Población del Congreso de la República aprobó por unanimidad, este miércoles 20 de enero de 2020, el Proyecto de Ley N° 5797/2020-CR impulsado por la parlamentaria Arlette Contreras.

Esta iniciativa legislativa fue presentada con la finalidad de reconocer legalmente el derecho a la salud menstrual y en efecto garantizar el acceso universal, igualitario y gratuito a productos de gestión menstrual para niñas, adolescentes y mujeres adultas. Con ello se establecería que los productos de gestión menstrual sean habilitados como insumos básicos y de primera necesidad.

Asimismo, entre los productos de salud menstrual que deberán ser suministrados por el Estado, están comprendidos “las toallas higiénicas descartables y reutilizables, los tampones, las esponjas marinas menstruales, los paños absorbentes lavables, la ropa interior absorbente, las copas menstruales y a todo producto de contención apto para su utilización durante la menstruación”, mención el artículo 2 del Proyecto de Ley.

En tal sentido, las instituciones como establecimientos públicos de salud, instituciones educativas (como escuelas, colegios y universidades), albergues y centros penitenciarios deberán proporcionar los productos de gestión menstrual a todas las mujeres que así lo soliciten.

Por otro lado, el Proyecto de Ley también establece que el Estado debe suministrar a determinadas familias un kit de emergencia que contenga productos de gestión menstrual dado las circunstancias de aislamiento social.

Finalmente, se establece que el Estado debe garantizar la educación menstrual en todas las instituciones educativas conforme al ciclo del desarrollo de vida y sin discriminación alguna. A ello se deberá sumar una educación menstrual libre de todo estereotipo de género.

PL-5797-2020 by Redaccion La Ley – Perú on Scribd

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