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Corte IDH falla en contra del Estado Peruano por desaparición de cinco personas [LEA LA RESOLUCIÓN]

Corte IDH falla en contra del Estado Peruano por desaparición de cinco personas [LEA LA RESOLUCIÓN]

La Corte Interamericana de Derechos Humanos notificó la sentencia sobre la responsabilidad del Estado Peruano por la desaparición forzada de cinco personas ocurridas entre 1984 y 1992. Lea el fallo emitido en la siguiente nota.

Por Redacción Laley.pe

martes 30 de octubre 2018

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Este martes, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) dio a conocer la sentencia referida al Caso Terrones Silva y otros Vs. Perú, en donde encontró al Estado Peruano responsable por la desaparición forzada de cinco personas, ocurridas entre 1984 y 1992.

De acuerdo a lo establecido por la Corte IDH, el Estado Peruano es responsable de las desapariciones de los ciudadanos Wilfredo Terrones Silva, Teresa Díaz Aparicio, Néstor Rojas Medina y Cory Clodolia Tenicela Tello, así como por la desaparición forzada y tortura sufrida por Santiago Antezana Cueto.

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Según se señala en la sentencia, las cinco víctimas fueron objeto de desaparición forzada en violación de sus derechos a la libertad personal, integridad personal, vida y reconocimiento de la personalidad. Además, se afirma que el Estado Peruano violó las garantías judiciales y la protección judicial, al no iniciarse las investigaciones o diligencias en un tiempo razonable para identificar, procesar y sancionar a todos los responsables de dichos hechos.

En ese contexto, la Corte IDH también concluyó que el Estado Peruano es responsable por la violación al derecho a conocer la verdad y al derecho a la integridad personal en perjuicio de los familiares, debido a las afectaciones ocasionadas como consecuencia de los hechos.

Es por ello que se ordena al Estado Peruano, en los plazos fijados en la sentencia, continuar con las investigaciones que sean necesarias para identificar, juzgar y, en su caso, sancionar a los responsables de las desapariciones forzadas.

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Además, se establece que se adopten las medidas necesarias para dar cumplimiento a la sentencia dictada por la Sala Penal Nacional el 12 de diciembre de 2013 con respecto a Santiago Antezana Cueto. Por otro lado, se solicita extremar los esfuerzos de búsqueda exhaustiva por la vía judicial y/o administrativa, para determinar el paradero de las víctimas.

Finalmente, se establece la realización de un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional con relación a la desaparición forzada de las víctimas, así como el colocar una placa en homenaje a Teresa Díaz Aparicio, y hacer el pago de las cantidades fijadas en la Sentencia por concepto de indemnización por daños materiales e inmateriales y el reintegro de costas y gastos, así como el reintegro al Fondo de Asistencia Legal de Víctimas.

Ud. puede descargar aquí la sentencia emitida por la Corte IDH o también puede visualizarlo a través de nuestro archivo Scribd.

CASO TERRONES SILVA Y OTROS… by on Scribd

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