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Número de reclusos sin condena disminuyó en más de 50% por Nuevo Código Procesal Penal

Número de reclusos sin condena disminuyó en más de 50% por Nuevo Código Procesal Penal

El catedrático Germán Small Arana sostuvo esta afirmación en diálogo con el juez supremo Jorge Salas Arenas, en programa de Justicia TV.

Por Redacción Laley.pe

miércoles 6 de noviembre 2019

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De acuerdo al decano de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, Germán Small Arana, la aplicación del Nuevo Código Procesal Penal en nuestro país ha permitido reducir en más de 50% la población total de reclusos sin condena. Así lo afirmó en el programa “Lo que usted debe saber sobre el Proceso Penal en el Perú”, transmitido por Justicia TV, plataforma televisiva del Poder Judicial.

“Actualmente tenemos 96 mil reclusos en 86 penales del país. Y hemos disminuido con el Nuevo Código Procesal Penal el porcentaje de la población carcelaria de 80% de procesados frente a 20% de sentenciados, pues ahora tenemos 68% sentenciados y 32% de procesados”, dijo en la entrevista que le hizo el juez supremo Jorge Luis Salas Arenas.

El especialista sostuvo que, en todo el país, salvo la región Puno, las prisiones están sobrecargadas. Es el caso del penal de Lurigancho, que teniendo una capacidad de 3 mil 300, alberga 10 mil 800 internos. O el del penal Sarita Colonia, el único en el Callao, que cuenta con 4 mil reclusos, a pesar de que solo puede recibir a 600.

“Con 140% de sobrepoblación carcelaria, no es factible hacer una buena clasificación penitenciaria ni una implementación integral y cabal de métodos de tratamiento adecuados (psicológicos, médicos y psiquiátricos), para la rehabilitación de los reclusos”, señaló Small.

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Para el catedrático, es imperativo que el Gobierno implemente una política penitenciaria adecuada, a fin de evitar que las prisiones se terminen convirtiendo en “escuelas del delito”, como sucede en la práctica.

“Si hablamos de seguridad ciudadana, de qué vale recluir a un hombre en la cárcel si saldrá en libertad en condiciones peores, toda vez que la cárcel es ahora una escuela de delito, un centro de perfeccionamiento criminal”, afirmó.

Por último, exhortó a evaluar de manera pertinente las leyes penales, para poder determinar en qué momento y medida debe concederse o implementarse beneficios penitenciarios a ciertos internos, en función del tipo penal, buen comportamiento y la condena impuesta. Precisó que, además de reducir la sobrepoblación en las cárceles, el beneficio penitenciario es un mecanismo que contribuye al proceso de rehabilitación del interno.

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