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Defensoría del Pueblo exige al Estado atender a niños afectados por la contaminación en Pasco

Defensoría del Pueblo exige al Estado atender a niños afectados por la contaminación en Pasco

Cinco de las 34 familias afectadas por la contaminación de metales pesados en Pasco, se encuentran pernoctando frente al Ministerio de Salud desde el 17 de febrero. La Defensoría del Pueblo ha exigido medidas urgentes para proteger la salud de los menores.

Por Redacción Laley.pe

lunes 2 de marzo 2020

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La Defensoría del Pueblo instó a la ministra de Salud, Elizabeth Hinostroza, adoptar, a la brevedad posible, las medidas que resulten necesarias para brindar la atención que corresponde a las 34 familias afectadas por la contaminación minera en Pasco y, en particular, a las niñas y niños de las cinco familias que pernoctan desde hace dos semanas frente al Ministerio de Salud (Minsa).

Este organismo también exigió el cumplimiento de los compromisos suscritos por el Estado respecto a la atención de la salud de los niños, niñas y adolescentes de los distritos de Chaupimarca y Simón Bolívar, después de que en junio del 2017 se declararan en emergencia sanitaria.

Un año después, en agosto, el Ministerio de Salud firmó un acuerdo con las familias afectadas, asumiendo la responsabilidad de continuar con el tratamiento médico de los menores, de manera individual y especializada, e incluso en el extranjero, de acuerdo a los diagnósticos y procedimientos que debían aplicarse.

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Sin embargo, dicho compromiso continúa pendiente de ejecución. Por ello, desde el 17 de febrero, cinco familias se encuentran realizando plantones y otras manifestaciones con el fin de denunciar la inacción del Estado. Ante esto, la Defensoría pidió al Minsa superar las limitaciones en la demora y deficiencias respecto a la calidad del tratamiento médico de los menores, la falta de evaluación periódica de su situación, y la poca claridad y oportunidad de la información.

De acuerdo con el organismo, dicha falta de atención vulnera el derecho a la salud, consagrado en el artículo 7 de la Constitución Política del Perú, el artículo 21 del Código de Niños y Adolescentes y el artículo 24 de la Convención sobre los Derechos del Niño.

“Esta última [convención] reconoce el derecho al disfrute del más alto nivel posible de salud y a servicios para el tratamiento de las enfermedades y la rehabilitación de la salud, por lo que el Estado peruano tiene la responsabilidad de garantizar el respeto de este derecho y asegurar que ningún niño o niña sea privado del mismo”, señala el pronunciamiento.

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