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“Existe poca diligencia del Ejecutivo para reglamentar las leyes”

“Existe poca diligencia del Ejecutivo para reglamentar las leyes”

La exministra de Justicia sostiene que existe poca prolijidad y diligencia por parte del Ejecutivo, para cumplir con la reglamentación de las leyes. Un fenómeno inexplicable, argumenta, porque reglamentarlas no requiere una dedicación exclusiva del mismo Ejecutivo.

Por Redacción Laley.pe

miércoles 1 de enero 2014

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Fernández expresó que el problema de la falta de reglamentación de las normas no es por un déficit en los recursos económicos: “todas las leyes tienen que cumplir con un requerimiento que está establecido en una norma de Sistematización de Leyes. Estas tienen que cumplir con motivación, con presupuesto, en el caso de que requieran movimientos de recursos económicos; pero muchas de las normas no requieren movimiento de dinero”.

Por otra parte, la exministra analizó que el incumplimiento de la reglamentación sería por un problema de técnica legislativa, “hay una distorsión en la concepción de la norma, y estas se elaboran pensando en que posteriormente pasarán por una reglamentación”. Ante esto recomienda que “la norma puede contener disposiciones muy concretas y específicas que permitan su aplicación inmediata”. 
Con respecto a la responsabilidad de atender las normas sin reglamento, dijo que responde básicamente a un compromiso de los ministros titulares en cuyos sectores la norma pueda ser beneficiosa. “Ellos deben preocuparse por su reglamentación, juntamente con el primer ministro y el Ministro de Justicia”, recalcó. 
No dejó de referirse al Congreso de la República señalando que los congresistas pueden cumplir con su función de fiscalización, y que “con una actitud proactiva deben preocuparse que las normas, que ellos mismos aprueban, no resulten en letra muerta al no cuentar con un reglamento.” 
Como solución inmediata, Fernández señaló que corresponde hacer un seguimiento con carácter de urgencia a las normas sin reglamentación, y que el Poder Ejecutivo tiene que “encomendar, en primer término, a su ministro de Justicia para que colabore con el primer ministro”. 
Por último, se refirió a la Constitución Política del Perú señalando que es un deber – derecho del Ejecutivo reglamentar las leyes y hacerlas cumplir. “El Presidente de Consejo de Ministros tiene que asumir esa tarea y hacer que se procure todas las actividades necesarias para poder llevar a cabo la reglamentación y permitir que el Presidente de la República cumpla con el mandato del artículo 118 de la Constitución”, concluyó.

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