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Jueces están obligados a publicar sentencias en el Sistema Integrado Judicial

Jueces están obligados a publicar sentencias en el Sistema Integrado Judicial

A nivel nacional, el uso del Módulo Editor de Resoluciones será obligatorio en los órganos jurisdiccionales en los que se encuentre implementado el Sistema Integrado Judicial (SIJ). De esta manera, resoluciones judiciales podrán ser descargadas por la ciudadanía ingresando al Portal del Poder Judicial (PJ).

Por Redacción Laley.pe

martes 21 de enero 2014

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Los jueces de paz letrados, jueces especializados, mixtos y superiores de la República tienen la obligación de usar el Módulo Editor de Resoluciones del Sistema Integrado Judicial (SIJ) – Expedientes, que permite proyectar las resoluciones judiciales y posterior descargo.
Así lo ha dispuesto la Resolución Administrativa Nº 343-2013-CE-PJ publicada en el diario oficial El Peruano el 21 de enero de 2014, con la finalidad de garantizar y asegurar la transparencia del buen funcionamiento del sistema judicial.
El Consejo Ejecutivo del PJ ha dispuesto que el uso del Módulo Editor de Resoluciones será obligatorio en los órganos jurisdiccionales a nivel nacional en los que se encuentre implementado el SIJ – Expedientes, siempre que haya concluido la respectiva capacitación sobre la utilización del Módulo Editor. Esta labor estará bajo responsabilidad de la Gerencia de Informática del PJ.
Para este efecto se ha dispuesto que la Gerencia de Informática de la Gerencia General del PJ, en el plazo de 45 días calendario de notificada con la resolución administrativa bajo comentario, elabore un programa de capacitación que permita a los jueces, personal jurisdiccional y administrativo, tener pleno conocimiento del adecuado funcionamiento del Módulo Editor de Resoluciones del SIJ – Expedientes, tanto para el Poder Judicial como para la ciudadanía.
Asimismo, se ha establecido que la responsabilidad de la adecuada y oportuna utilización del Módulo Editor de Resoluciones sea del Juez o Presidente de Sala Superior de cada órgano jurisdiccional, quienes deberán designar al personal encargado para el caso.
Finalmente, se ha exhortado a aquellos órganos jurisdiccionales que vienen utilizando el Módulo Editor de Resoluciones del SIJ – Expedientes, a continuar con el uso del mismo, en aras de una más eficiente y transparente administración de justicia.
Cabe señalar que esta medida permitirá que no sólo se precise el fallo resolutivo –como es actualmente– sino que además se descargue la resolución en el sistema de manera inmediata.

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