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El Congreso elimina la prisión suspendida para funcionarios corruptos

El Congreso elimina la prisión suspendida para funcionarios corruptos

La norma busca que los funcionarios públicos acusados de corrupción agravada vayan a prisión indefectiblemente.

Por Redacción Laley.pe

jueves 5 de junio 2014

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Con 75 votos a favor, 10 en contra, 2 abstenciones y exonerándose de segunda votación, se aprobó en el Pleno del Congreso, el proyecto de ley que propone endurecer  las penas para los casos de corrupción, y no suspender la ejecución de la sentencia a servidores y funcionarios públicos condenados por algún tipo de delito previsto en el Código Penal.  

Esto, en opinión de algunos especialistas, es atentatorio de la autonomía del Poder Judicial y la independencia de los jueces en particular, porque intenta influir en la toma de decisiones y en la resolución de causas, limitando sus atribuciones.

En efecto, un juez puede decidir que a un acusado no le corresponde sufrir carcelería preventiva por que la gravedad de los delitos que se le imputan no lo justifica o, simplemente, por la levedad de la pena a imponerse.

En su lugar, el juez a cargo del proceso puede establecer las denominadas “reglas de conducta”, que consisten, por ejemplo en limitaciones a la libertad de concurrir a determinados lugares, reparación del daño causado, así como un régimen de asistencia mensual al juzgado, entre otras.

Sin embargo, con el proyecto aprobado por el Congreso exige descarta la posibilidad de imponer penas suspendidas a funcionarios públicos que cometan actos de corrupción. En consecuencia, sin importar la levedad del hecho o de la pena, el juez se vería obligado a imponer en todos los casos pena con carácter de efectiva.

Algunos congresistas que se opusieron, argumentaron que esta medida solo incrementará el la población de las ya hacinadas cárceles del Perú. Además, la congresista Martha Chávez, sugirió que la norma alentaría la corrupción pues si antes rebajar una pena costaba US$10.000, tras la aplicación de esta ley, podría costar US$100.000.

Opinión

En opinión de Branko Yvancovich, abogado especialista en derecho penal de Gaceta Jurídica, esta norma importa una trasgresión a la independencia de la función jurisdiccional.

“La independencia en el ejercicio de la función jurisdiccional es un principio y garantía trascendental para los jueces en el ejercicio de su labor. Ninguna persona, funcionario u organismo del Estado puede exigirle a un juez fallar en tal o cual forma. Con esta norma se impondría a los jueces una obligación de resolver los casos de corrupción conforme la voluntad del Congreso, sin importar el criterio al que hayan llegado”, sostuvo el abogado.

Sin embargo, incluso si la norma entrara en vigencia, un juez podría decidir que no es aplicable en casos específicos. Su investidura y su capacidad de establecer política jurisdiccional se lo permiten.

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