Sábado 27 de abril de 2024 | Suscríbete al Newsletter de La Ley

“No descartaría que se observe proyecto que otorga CTS semestral a los trabajadores públicos”

“No descartaría que se observe proyecto que otorga CTS semestral a los trabajadores públicos”

El especialista en Derecho Laboral, Jorge Toyama, nos explica los puntos clave del proyecto de ley que permitiría a los trabajadores públicos del régimen 728 acceder a la Compensación por Tiempo de Servicio en el mismo plazo que los empleados del sector privado.

Por Ana Bazo Reisman

miércoles 21 de octubre 2015

Loading

[Img #9402]

Un importante proyecto de ley aprobado por el Pleno del Congreso hace unos días solo aguarda la firma del presidente Ollanta Humala para su promulgación. Se trata de una iniciativa que permitiría a cerca de los 80 mil trabajadores públicos del régimen 728 percibir montos de Compensación por Tiempo de Servicio (CTS) de forma semestral, tal y como ocurre actualmente en el caso de quienes laboran para el sector privado.

A propósito de esta propuesta, LaLey.pe conversó con el laboralista Jorge Toyama Miyagusuku para conocer sus impresiones. Según el especialista, el proyecto –que posee muchos anticuerpos dentro del Ministerio de Economía y el Servicio Civil– podría retornar al Congreso por observación del Ejecutivo.

¿Considera que la propuesta es adecuada y que nivela los beneficios para los trabajadores públicos de la 728 cuya única diferencia con los del sector era la disposición semestral de su CTS?

El proyecto es adecuado. Creo que los trabajadores del Estado de la 728 que tienen una CTS igual que los del sector privado deberían tener el mismo derecho. Cuando el Estado les ha aplicado los mismos beneficios, no suena razonable que haga distinción en un aspecto. La consecuencia natural sería la aplicación integral y eso es lo que pretende este proyecto. Contrario es el caso de los trabajadores de la 276 (municipalidades, ministerios, regiones, superintendencias), pues sus regímenes son distintos.

¿Podrían optar por una cooperativa o una caja rural y también retirar el excedente de la CTS?

Claro que sí. Cualquier entidad financiera podría ser depositaria de la CTS. Además, y como se estaría reconociendo el derecho que ya tienen los del sector privado, los trabajadores públicos de la 728 también podrían solicitar el retiro anticipado del excedente.

¿Qué pasaría con los aportes no pagados hasta el momento?

Deberían emitir una norma transitoria que diga que progresivamente se va a depositar ese monto. Esta norma debería aplicarse integralmente, de modo que el reglamento podría establecer un cumplimiento progresivo de la misma en la que se considere la CTS anterior.

Sin embargo, existen posiciones en contra y una de ellas es la del Ministerio de Economía. ¿Cree que la propuesta se llegue a promulgar en el plazo más breve?

Por supuesto que el hecho de que se haya aprobado ahora en el Congreso no significa, naturalmente, de que se ponga en vigencia. Yo no descartaría que el Ejecutivo observe la norma por un tema de capacidad presupuestaria, que es una de las razones a las que el MEF recurre para plantear su desacuerdo.

¿Con este proyecto se estaría regresando a la situación que ya se vivía antes del 2013, en la que los trabajadores de la 728 podían acceder a su CTS semestralmente?

No es tan cierto que estos trabajadores accedían a ese beneficio antes de promulgada la norma del 2013 que estableció el cobro de la CTS al cese de la relación laboral. Antes de ese momento, ya había entidades públicas que no depositaban la CTS cada seis meses, por lo que la Defensoría del Pueblo ya advertía desacato a las disposiciones en ese entonces vigentes.

¿Tendría esta norma un afán populista?

Cualquier norma en épocas preelectorales siempre tiene un toque de eso. Pero en este caso concreto, yo considero que es lo correcto. La propuesta corrige algo que no debió destruirse.

NEWSLETTER DE LA LEY.PE

NOTICIAS RELACIONADAS