Viernes 03 de mayo de 2024 | Suscríbete al Newsletter de La Ley

¿Dos presidentes? Una democracia aún en construcción

¿Dos presidentes? Una democracia aún en construcción

La disolución del Congreso dispuesta por Martín Vizcarra, así como su suspensión por incapacidad temporal, decretada por el Parlamento, representan un escenario lamentable que revela la fragilidad democrática de nuestro país. A dos años del Bicentenario, ¿hemos aprendido algo sobre institucionalidad?

Por Redacción Laley.pe

martes 1 de octubre 2019

Loading

[Img #25969]

Hoy los peruanos nos despertamos con «dos presidentes»: uno que detenta el poder y otro nombrado por un Congreso que ha sido disuelto. Y sobre ambos pesan decisiones muy objetables desde el punto de vista constitucional.

Por un lado, el presidente Martín Vizcarra decretó la disolución del Congreso de la República porque decidió «intepretar» que la elección de un magistrado del Tribunal Constitucional es equivalente a una votación que rechaza la cuestión de confianza planteada por su premier. Tal como lo mencionó en su alocución al país, Vizcarra entendió que esto se trataba de una “denegación fáctica”.

No obstante, este es un razonamiento que se aleja de lo dispuesto en la Constitución: la confianza se concede o se rechaza mediante los votos de la representación congresal. No se puede sobreentender una negativa, menos en una situación extrema como la decisión de disolver el Parlmento. Por este acto, Vizcarra ha dado sustento para quienes consideran que el cierre del Congreso se aparta de las normas constitucionales, tal como lo ha puntualizado ayer la Defensoría del Pueblo.

Pero en la orilla del frente la situación no es distinta. En la noche de ayer, el titular del Parlamento Pedro Olaechea juramentó en el cargo de presidente de la República a Mercedes Araóz. Esto que, en otras circunstancias podría llenarnos de orgullo por ser la primera mujer que asume la máxima magistratura del país, también adolece de graves problemas de constitucionalidad. Y es que su nombramiento nace luego de que el Congreso declarara la suspensión temporal de Martín Vizcarra por “incapacidad temporal”, supuestamente bajo las reglas del artículo 114, inciso 1, de la Constitución. Más allá que el Reglamento del Congreso no detalla un procedimiento para la votación de este tipo de moción, es muy cuestionable que los hechos puedan encuadrar en dicha causal, que se haya tramitado todo de forma tan célere y, además, que la mayoría parlamentaria haya «interpretado» que para este caso solo se necesitaban 66 votos.

Tenemos entonces «dos presidentes» que han decidido apartarse de lo que señala la Constitución. Esa es la radiografía actual, más allá que uno de ellos es quien detenta realmente el poder, mientras que el otro no. Una lamentable realidad que tenemos que soportar en los momentos que el país se enorgullece por los variados logros que se vienen obteniendo en diferentes frentes, entre ellos el más importante: la sustancial reducción de la pobreza obtenida en las últimas décadas.

Pero, es penoso que en materia de institucionalidad y respeto a los valores democráticos aún estemos en la misma situación que en 1992. Tan lamentable como el comportamiento de algunos actores políticos (tanto en el Parlamento como en el Ejecutivo) que nos han llevado a esta situación, y de algunas autoridades que en los últimos días han preferido poner por delante sus filiaciones o aversiones políticas sobre sus responsabilidades.

El Estado de derecho en el Perú, lamentablemente, otra vez ha sido quebrado. A menos de dos años del Bicentenario, queda claro que en todo este tiempo poco hemos aprendido sobre institucionalidad.

NEWSLETTER DE LA LEY.PE

NOTICIAS RELACIONADAS