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Como parte del Sistema de Supervisión y Cumplimiento de sus sentencias y resoluciones definitivas, el Tribunal Constitucional el día de hoy, a las 10:00 de la mañana realizará su primera audiencia pública de supervisión de cumplimiento de sus sentencias, teniendo como primer caso el de María Antonia Diaz Cáceres de Tinoco, quien presentó demanda de amparo contra la Municipalidad Provincial de Carhuaz, Áncash,
La demanda de amparo refiere que la accionante es una persona quechuahablante y analfabeta, quien comercializaba helados en la vía pública en la ciudad de Carhuaz y recibió por parte de la Municipalidad demandada, una disposición en castellano en abril de 2014, restringiéndole las horas para la venta de sus productos, sin considerar ni respetar que el quechua era su idioma materno.
En ese caso el Tribunal Constitucional declaró estado de cosas inconstitucional respecto a la ausencia de una efectiva vigencia del derecho a que el Estado se comunique oficialmente en las lenguas originarias, sobre todo en aquellas zonas donde aún estén vigentes y/o sean predominantes. Además ordenó a la Municipalidad Provincial de Carhuaz realizar todas las actuaciones necesarias para que la demandante conozca las comunicaciones y decisiones municipales en el idioma quechua.
De esta manera, el máximo intérprete de la Constitución supervisaré en el presente audiencia pública que todas entidades estatales y privadas que prestan servicios públicos en la provincia de Carhuaz (Áncash), hayan oficializado el uso de la lengua quechua y la incorporen en sus comunicaciones y disposiciones municipales.
En la sentencia el Tribunal Constitucional dio a estas entidades el plazo de 02 años para que ejecuten lo señalado, cuyo vencimiento data de mayo de 2020.